Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Durango para el Ejercicio Fiscal 2022
LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, DEL ESTADO DE DURANGO
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en el Número 104 del Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 30 de diciembre de 2021.
EL CIUDADANO DOCTOR JOSÉ ROSAS AISPURO TORRES GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO A SUS HABITANTES, S A B E D:
QUE LA H. LEGISLATURA DEL MISMO SE HA SERVIDO DIRIGIRME EL SIGUIENTE:
Con fecha 30 de noviembre del presente año, el DR. JOSÉ ROSAS AISPURO TORRES, Gobernador del Estado de Durango, presento a esta H. LXIX Legislatura del Estado, Iniciativa de Decreto que contiene LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE DURANGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021; misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública integrada por los CC. Diputados: Silvia Patricia Jiménez Delgado, Luis Enrique Benítez Ojeda, Christian Alán Jean Esparza, Alejandro Mojica Narvaez, Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, David Ramos Zepeda y Alejandra del Valle Ramírez; Presidente, Secretario y Vocales respectivamente, los cuales emitieron su dictamen favorable con base en los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
[...]
Con base en los anteriores Considerandos, esta H. LXIX Legislatura del Estado, expide el siguiente:
DECRETO No. 90
LA SEXAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 82 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, A NOMBRE DEL PUEBLO, D E C R E T A:
LEY DE INGRESOS DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022.
GENERALIDADES
En los términos de la Ley de Hacienda del Estado de Durango, del Código Fiscal Estatal, de las normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable, de la Ley de Disciplina Financiera y de las demás disposiciones aplicables, los ingresos por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, se considerarán en las cantidades estimadas provenientes de los siguientes conceptos:
GOBIERNO DEL ESTADO DE DURANGO
LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022
TOTAL35,819,772,816
-
INGRESOS PROPIOS3,494,611,884
Impuestos2,248,473,201
Impuesto sobre los ingresos7,658,352
Impuesto sobre juegos con
apuestas, rifas, loterías
sorteos y premios7,658,352
Impuesto sobre el patrimonio684,923,485
Impuesto sobre tenencia o uso
de vehículos estatal657,576,790
Impuesto para la Modernización
de Registros Públicos27,346,695
Impuesto sobre la producción
el consumo y las transacciones23,492,448
Impuesto sobre el consumo
(hospedaje)8,903,700
Impuesto sobre las transacciones
(enajenación de vehículos
automotores usados)14,588,748
Impuesto sobre nóminas y
asimilables597,535,946
Impuesto sobre nómina597,535,946
Accesorios de impuestos4,663,300
Actualización impuestos708,759
Recargos impuestos3,627,088
Multas impuestos327,453
Otros impuestos930,199,670
Impuesto para el fomento de
la educación pública en el
Estado930,199,670
Impuesto a las demasías caducas0
Impuestos no comprendidos en las
fracciones de la Ley de Ingresos
causados en ejercicios fiscales
anteriores pendientes de
liquidación o pago0
Derechos1,048,500,998
Derechos por prestación de
servicios1,011,889,022
Derechos por inscripción y demás
servicios en el Registro Público
de la Propiedad y del Comercio y
en el Registro Público de Transporte144,798,930
Derechos por legalización de firmas
certificaciones expedición de copias
de documentos y otros6,439,809
Derechos por actos del Registro
Civil47,422,714
Derechos por servicios catastrales5,489,876
Derechos por servicios de control
de vehículos y por expedición de
concesiones, permisos y autorización
de ruta796,301,375
Derechos por los servicios de la
Secretaría de Recursos Naturales
y Medio Ambiente8,723,795
Derechos por servicios prestados
por la Secretaría de Salud,
Comisión para la Protección contra
Riesgos Sanitarios1,195,423
Derechos por servicios que presta
la Secretaría de Seguridad Pública1,517,100
Accesorios de derechos36,611,976
Actualización derechos6,384,792
Recargos derechos29,944,158
Multas derechos283,026
Productos34,113,647
Productos de tipo corriente
derivados del uso y aprovechamiento
de bienes no sujetos a régimen de
dominio público26,092,541
Productos derivados del uso y
aprovechamiento de bienes no sujetos
a régimen de dominio público26,092,541
Productos de capital8,021,106
Productos de capital8,021,106 (sic)
Aprovechamientos163,524,038
Aprovechamientos de tipo
Corriente163,524,038
Multas estatales3,104,218
Indemnizaciones1,142,965
Aprovechamientos por
cooperaciones por servicios
públicos y obras públicas86,398,216
Cruz Roja31,343,804
Otros aprovechamientos41,534,835
-
PARTICIPACIONES, APORTACIONES,
TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,
SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS32,325,160,932
Participaciones y aportaciones,
ingresos extraordinarios32,325,160,932
Participaciones federales13,649,923,554
Fondo general10,006,125,822
Fondo de fomento municipal766,713,834
Impuesto especial sobre producción
y servicios272,900,716
Fondo de fiscalización y
recaudación504,759,193
Fondo de compensación de ISAN22,559,957
Fondo ISR1,224,837,344
Impuesto especial sobre producción
y servicios por venta final gasolina380,498,020
Impuesto sobre automóviles nuevos134,739,491
Fondo de compensación REPECOS e
Intermedios y RIF14,576,514
Otros incentivos económicos292,621,188
Accesorios de incentivos
económicos29,261,553
Contribuciones causadas en
ejercicios fiscales anteriores210,637
Accesorios de contribuciones
causadas en ejercicios fiscales
anteriores119,285
Aportaciones15,410,127,914
Para la nómina educativa y
gasto operativo8,488,739,184
Servicios de salud2,721,553,784
Infraestructura social1,186,719,098
Fortalecimiento de municipios1,372,917,514
Aportaciones múltiples487,940,838
Educación tecnológica y de
Adultos125,098,823
Seguridad pública209,948,463
Fortalecimiento de entidades
Federativas817,210,210
Convenios3,265,109,464
De reasignación475,481,634
De descentralización2,789,627,830
Provisiones salariales y
económicas0
-
INGRESOS DERIVADOS DE
FINANCIAMIENTOS0
Ingresos derivados de
Financiamiento0
A efectos de cumplir con diversas disposiciones legales, se presentan los siguientes anexos:
-
Anexo 1: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y a la "NORMA para armonizar la presentación de la información adicional a la iniciativa de la Ley de Ingresos", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de abril de 2013, se presenta la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Durango para el ejercicio fiscal 2022, en el "formato de iniciativa de la Ley de Ingresos Armonizada".
-
Anexo 2: Para dar cumplimiento a los (sic) dispuesto en el artículo 5 fracción II de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y a los "CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", publicados en el Diario oficial de la Federación el 11 de octubre de 2016, se presenta el formato 7 a) Proyecciones de Ingresos-LDF.
-
Anexo 3: Para dar cumplimiento a los (sic) dispuesto en el artículo 5 fracción II de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y a los "CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", publicados en el Diario oficial de la Federación el 11 de octubre de 2016, se presenta el formato 7 c) Resultados de Ingresos-LDF. Anexo 4: Cuadro que contiene desglose de Convenios Federales para 2022.
-
Se aplicarán recargos, los cuales se determinarán aplicando a los saldos y por el periodo de que se trate, las tasas siguientes:
-
Hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1.26 por ciento mensual.
-
De más de 12 meses y hasta 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53 por ciento mensual y;
-
Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, la tasa de recargos será de 1.82 por ciento mensual.
Para el resto de las contribuciones que paguen en parcialidades de acuerdo al Código Fiscal del Estado, la tasa de recargos mensual será de 1.26 por ciento sobre saldos insolutos.
Las tasas de recargos establecidas anteriormente, incluyen la actualización realizada conforme a lo establecido por el Código Fiscal del Estado.
-
Para los efectos de la fracción I del artículo 44 Bis 6, y de la fracción II del artículo 44 Bis 11, se aplicará la siguiente tarifa:
-
Para los efectos del artículo 44 Bis 7, y del tercer párrafo del artículo 44 Bis 12, se aplicará la siguiente tarifa:
[N. DE E. VÉASE TABLA EN EL P.O. DE 30 DE DICIEMBRE DE 2021, PÁGINA 23.]
-
Para los efectos del artículo 44 Bis 8, la tasa aplicable será de 0% (cero por ciento).
-
(SIC) Para los efectos del artículo 44 Bis 16, las cuotas aplicables son las siguientes:
Primer párrafo:$ 7,313.00
Segundo párrafo:$ 7,877.00
-
Para los efectos del artículo 44 Bis 18, y de la fracción II del artículo 44 Bis 20, la tasa aplicable será del 1.5 por ciento.
-
(SIC) Para efectos del artículo 44 Bis 19, se...
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