Ley del Impuesto sobre la Renta. VIII-P-2aS-688

Páginas432-434
SEGUNDA SECCIÓN 432
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VIII-P-2aS-688
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS
UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. LA DECLARATORIA
DE NULIDAD POR HABERSE APLICADO EL ARTÍCU-
LO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA,
SERÁ PARA EL EFECTO DE QUE LA AUTORIDAD FIS-
CAL EMITA OTRA RESOLUCIÓN EN LA QUE CALCULE
LA RENTA GRAVABLE PARA DETERMINAR EL MON-
TO DE AQUELLAS CONFORME AL ARTÍCULO 10 DE
LA PROPIA LEY.- Si en la sentencia que resuelve el juicio
contencioso administrativo federal se declara la nulidad
de la resolución impugnada en cuanto a la determinación del
reparto de utilidades, por fundarse en el artículo 16 de la
Ley del Impuesto sobre la Renta, precepto que fue de-
clarado inconstitucional, el efecto de esa declaratoria solo
puede repercutir en la no aplicación de esa disposición en
perjuicio de la actora, lo que a su vez implica que la autori-
dad scal se encuentra obligada a emitir otra resolución en
la que calcule la renta gravable a que se reere el artículo
123, apartado A, fracción IX, inciso e), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, para efectos
del cálculo de la participación de los trabajadores en las
utilidades de las empresas, conforme al artículo 10 de la
citada ley, pues la renta gravable que debe tomarse en
consideración para determinar el monto de aquellas es la
señalada en este último precepto, en tanto que es a la que
debe aplicarse la tasa del impuesto.

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