Ley del Impuesto sobre la Renta. VII-TA-2aS-6

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
sesión de 5 de febrero de 2013, por mayoría de 3 votos a favor y 1 voto en
contra.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretario: Lic. José
Antonio Rivera Vargas.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de marzo de 2013)
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VII-TA-2aS-6
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (TEXTO VIGENTE EN
EL 2001). IMPROCEDENCIA DE LA DECLARACIÓN DEL ÚLTIMO
EJERCICIO DE LA CONTRIBUCIÓN RELATIVA PRESENTADA
POR UN RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, PARA DEMOSTRAR
LA RESIDENCIA FISCAL EN EL PAÍS CORRESPONDIENTE Y
SER BENEFICIARIO DEL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PARA EVITAR LA DOBLE
IMPOSICIÓN E IMPEDIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA
DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- Precisa el artículo 4-A de Ley del
Impuesto sobre la Renta vigente en el año 2001, que los benefi cios de los tra-
tados para evitar la doble tributación serán aplicables cuando el contribuyente
acredite que es residente en el país de que se trate y se cumplan las dispo-
siciones del propio tratado; en ese sentido, la Regla 3.1.1 de la Resolución
Miscelánea Fiscal para el mismo año, establece que los contribuyentes que
deseen acreditar su residencia fi scal en otro país, podrán hacerlo mediante:
i) las certifi caciones de residencia del país de que se trate y ii) la declaración
del último ejercicio de la contribución que corresponda al impuesto que
nos ocupa; aclarando para este último supuesto, que en el caso de que al
momento de acreditar la residencia, no haya vencido el plazo para presentar
dicha declaración, se aceptará entonces, la certifi cación en que conste la del
penúltimo ejercicio. Agregando que las certifi caciones en comentario, debe-
rán ser emitidas por la autoridad hacendaria del país de que se trate y tendrán
vigencia durante el año de calendario en que se expidan. En consecuencia,
la acreditación de la residencia fi scal de un contribuyente en el extranjero,

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