Ley del Impuesto sobre la Renta. IX-P-SS-57

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Revista Núm. 6, Junio 2022 251
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
IX-P-SS-57
IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- PARA GOZAR DEL BE-
NEFICIO DE EFECTUAR UNA RETENCIÓN A UNA TASA
EXCEPCIONAL, EL RETENEDOR DEBE DEMOSTRAR QUE
LOS BENEFICIARIOS EFECTIVOS DE LOS INTERESES
PAGADOS A RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, NO SON
RESIDENTES DE JURISDICCIONES DE BAJA IMPOSICIÓN
FISCAL.- Si la actora, con base en una negativa lisa y lla-
na, realizada en términos de lo dispuesto por el artículo
68 del Código Fiscal de la Federación, pretende que a la
autoridad demandada le corresponde demostrar que los
beneciarios efectivos de los intereses pagados a resi-
dentes en el extranjero, no eran residentes de jurisdiccio-
nes de baja imposición scal; dicho argumento debe ser
considerado inoperante, ya que si bien es cierto que ante
una negativa lisa y llana planteada por la actora, corres-
ponde a la autoridad demostrar lo contrario; también lo
es que el citado artículo, debe interpretarse de manera
conjunta con lo dispuesto por los artículos 81, 82 y 83 del
Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria, de los cuales, el último artículo citado esta-
blece que el que funda su derecho en una regla gene-
ral no necesita probar que siguió la regla general y no la
excepción; pero quien alega que el caso se ubica en la ex-
cepción de una regla general, debe probar que así es, por
lo que ante esta situación, es la actora, quien debe pro-
bar que era correcta la retención del 4.9% por intereses

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