Ley del Impuesto Sobre la Renta Correlacionada

Páginas50-460

Page 50

INSTRUCTIVO

DE LA REFORMA A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Publicado en el D.O.F. del 30 de noviembre de 2016

ARTÍCULO PRIMERO.

Se REFORMAN los artículos 27, fracción VIII, primer párrafo; 28, fracción XIII, tercer párrafo; 35, fracciones III y VI; 36, fracción II, primer párrafo; 76, fracción IX, segundo párrafo; 80, séptimo párrafo; 82, fracción V; 86, quinto párrafo; 151, fracciones I, primer párrafo y V, segundo párrafo; 190, y se ADICIONAN los artículos 16, con un tercer y cuarto párrafos pasando los actuales tercero y cuarto párrafos a ser quinto y sexto párrafos, respectivamente; 27, fracción V con un tercer párrafo; 34, con una fracción XIV; 79, fracción XXV con un inciso j); 82, fracciones VI con un segundo párrafo, y IX; 82 Bis; 82 Ter; 90, con un quinto y sexto párrafos pasando los actuales quinto a décimo párrafos a ser séptimo a décimo segundo párrafos, respectivamente; 111, con un último párrafo; el Título VII con el Capítulo VIII, denominado "De la Opción de Acumulación de Ingresos por Personas Morales", comprendiendo los artículos 196, 197, 198, 199, 200 y 201; con el Capítulo IX, denominado "Del Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología", comprendiendo el artículo 202; con el Capítulo X, denominado "Del Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento", comprendiendo el artículo 203, y con el Capítulo XI, denominado "De los Equipos de Alimentación para Vehículos Eléctricos", comprendiendo el artículo 204, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Page 51

INSTRUCTIVO

DE LA REFORMA A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Publicado en el D.O.F. del 9 de diciembre de 2019

ARTÍCULO PRIMERO.

Se REFORMAN los artículos 2, segundo y quinto párrafos; 3, primer párrafo, y fracción IV; 14, fracción II; 27, fracciones V, primer párrafo y VI, primer párrafo; 28, fracciones XXIII y XXIX; 46, tercer párrafo; 106, actual último párrafo; 116, actual último párrafo; 158, quinto, sexto, séptimo y octavo párrafos; 167, fracción I; la denominación del Título VI y la denominación de su Capítulo I; 176; 177; 178, segundo párrafo; 183; 186; 187, fracción V; 189, primer párrafo y fracción I; 190, primer y tercer párrafos y fracciones I y II; 202, fracción I; 203, primer párrafo; se ADICIONAN los artículos 2, con un tercer y séptimo párrafos, pasando los actuales tercero a quinto párrafos a ser cuarto a sexto párrafos y los actuales sexto a noveno párrafos a ser octavo a décimo primer párrafos; 3, con un segundo y tercer párrafos; 4-A; 4-B; 5, con un último párrafo; 28 con una fracción XXXII; 74-B; 96 Bis; 106, con un último párrafo; 111, con una fracción VI; el Título IV, Capítulo II, con una Sección III denominada "De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares", comprendiendo los artículos 113-A, 113-B y 113-C; 116, con un último párrafo; 118, fracción III, con un segundo y tercer párrafos; 167, con una fracción III; 183 Bis; 187, con una fracción IX; 189, con un último párrafo; 190, fracción II, con un segundo y tercer párrafos; 205 y se DEROGAN los artículos 27, fracción V, tercer párrafo; 28, fracción XXXI; 202, sexto párrafo y 203, quinto párrafo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Page 52

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:

ARTÍCULO SEPTIMO.

Se expide la Ley del Impuesto Sobre la Renta:

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

TÍTULO I Disposiciones generales

SUJETOS AL IMPUESTO Y FUENTE DE RIQUEZA

ARTÍCULO 1.

Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

Residentes en México

I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

Residentes en el extranjero con establecimiento permanente

II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.

Residentes en el extranjero

III. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.

ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

ARTÍCULO 2.

Para los efectos de esta Ley, se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes. Se entenderá como establecimiento permanente, entre otros, las sucursales, agencias, oficinas,

Page 53

fábricas, talleres, instalaciones, minas, canteras o cualquier lugar de exploración, extracción o explotación de recursos naturales.

(R) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando un residente en el extranjero actúe en el país a través de una persona física o moral, distinta de un agente independiente, se considerará que el residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, en relación con todas las actividades que dicha persona física o moral realice para el residente en el extranjero, aun cuando no tenga en territorio nacional un lugar de negocios, si dicha persona concluye habitualmente contratos o desempeña habitualmente el rol principal que lleve a la conclusión de contratos celebrados por el residente en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR