Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Unica (LIETU)

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas773-779

Acreditamiento (31-Octubre-2008) ANTECEDENTES:

Manifiesta la contribuyente que es una persona moral cuya actividad consiste básicamente en la siembra o plantación de viñedos, su cultivo, cosecha de la uva y su comercialización en el país o en el extranjero. Señalatambién la consultante que es retenedora del impuesto sobre la renta por el pago de sueldos y salarios a sus trabajadores, y que para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio, los párrafos segundo y penúltimo del artículo 8., de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, establecen un acreditamiento contra el impuesto en comento, equivalente a la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a cargo de los contribuyentes pagadas en el ejercicio fiscal de que se trate y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que se paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta (salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, así como los asimilados a éstos) en el mismo ejercicio, por el factor de 0.165 para el ejercicio 2008, 0.17 para el ejercicio 2009 (artículo 4. transitorio de la Ley del Impuesto Empresarial aTasa Única) y 0.175 a partir del ejercicio 2010. También señala que tal y como se desprende de la regla 1.5 del Título 1 ."Sector Primario" de la "Resolución de Facilidades Administrativas para los Sectores de Contribuyentes que en la mismase señala para 2008", cumple con sus obligaciones en materia de retenciones del impuesto sobre la renta, por los pagos efectuados a sus trabajadores eventuales del campo por concepto de mano de obra, al enterar el 4 por ciento por concepto de retenciones del impuesto sobre la renta, correspondiente a los pagos realizados por concepto de mano de obra, y elaborar la relación individualizada de los trabajadores en comento, que indique el monto de las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate, así como del impuesto retenido. En virtud de lo anterior, la consultante solicita se le confirme su criterio, en el sentido de queal aplicar lafacilidad administrativacontenidaen la regla 1.5. antes señalada cumple con la obligación establecida en el último párrafo del artículo 8. y último párrafo del artículo 10, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, de enterar las retenciones a que se refiere el artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y por ende, es correcto incluir los pagos efectuados a sus trabajadores eventuales del campo por concepto de mano de obra paradeterminar el monto del crédito establecido en el segundo y penúltimo párrafos del artículo 8., y tercery penúltimo párrafos del artículo

10, ambos artículos de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.

CONSIDERANDOS:

El artículo 8. de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, señala que los contribuyentes podrán acreditar contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la Ley de la materia, hasta por el monto del impuesto empresarial a tasa única calculado en el ejercicio de que se trate, y que por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el ejercicio fiscal de que se trate y los ingresos gravados que sirven de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado capítulo I en el mismo ejercicio, por el factor de 0.175, y que dicho acreditamiento deberá efectuarse en los términos del segundo párrafo de este artículo de la citada ley, siempre que los contribuyentes cumplan con la obligación de enterar las retenciones a que se refiere el artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta o tratándose de trabajadores que tengan derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio corresponda a sus trabajadores. Por su parte, el artículo 10 de la Ley en cita señala que los contribuyentes podrán acreditar contra el pago provisional calculado en los términos del artículo 9. de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la misma ley, y que igualmente el acreditamiento se realizará en los pagos provisionales del ejercicio, hasta por el monto del pago provisional que corresponda, sin perjuicio de efectuar el acreditamiento a que se refiere el artículo 11 de dicha ley contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio, y que contra la diferencia que se obtenga en el cálculo de los pagos provisionales, se podrán acreditar las cantidades efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social asu cargo pagadas en México, y que los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el periodo al que corresponda el pago provisional y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada personaa la que se paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado Capítulo I en el mismo periodo, por elfactor deO. 175. Por su parte la Regla 1.5 de la Resolución de Facilidades Administrativas para el ejercicio fiscal del 2008, señala que los contribuyentes dedicados a la actividad agrícola, que cumplan con la...

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