Ley General de POBLACIÓN. VII-TASR-8ME-10

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA
LEY GENERAL DE POBLACIÓN
VII-TASR-8ME-10
COMPETENCIA DEL SUBDELEGADO REGIONAL DEL INSTITU-
TO NACIONAL DE MIGRACIÓN EN EL AEROPUERTO INTER-
NACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DE LA SECRETARÍA
DE GOBERNACIÓN, PARA DIRIGIR LOS SERVICIOS MIGRATO-
RIOS, E IMPONER LAS SANCIONES PREVISTAS POR LA LEY
GENERAL DE POBLACIÓN Y SU REGLAMENTO.- Los artículos
57, fracciones IX y XXXI, 58, segundo párrafo, del Reglamento Interior de
la Secretaría de Gobernación, 4º, Apartado C, fracción III, numeral 28, del
Acuerdo por el que se delegan facultades para autorizar trámites migratorios
y ejercer diversas atribuciones previstas en la Ley General de Población y
su Reglamento en favor del Delegado Regional del Instituto Nacional de
Migración en el Distrito Federal, así como del Director de no Inmigrantes e
Inmigrantes, de los Subdelegados Regionales, Delegados Locales, Subdirec-
tores, Subdelegados Locales y Jefes de Departamento, en el ámbito territorial
de su competencia, publicado en el Diario Ofi cial de la Federación del 20 de
diciembre de 2000, facultan al Subdelegado Regional del Instituto Nacional
de Migración en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México de la
Secretaría de Gobernación, para dirigir los servicios migratorios, imponer
las sanciones previstas por la Ley General de Población y su Reglamento y
para realizar las funciones que las disposiciones legales y normas aplicables,
dentro de la esfera de sus facultades.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 12821/11-17-08-9.- Resuelto por la
Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 10 de abril de 2012, por unanimidad de votos.- Magistrada
Instructora: Lucila Padilla López.- Secretario: Lic. Enrique Asención Bruno.

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