De Ley Federal de Telecomunicaciones., de 30 de Abril de 2002

DE LEY FEDERAL PARA EL DESARROLLO DE LAS TELECOMUNICACIONES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO VICTOR MANUEL OCHOA CAMPOSECO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD*

HONORABLE ASAMBLEA:

Con base en el artículo 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los legisladores y legisladoras del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática sometemos a la consideración de esta soberanía la Iniciativa de Ley Federal para el Desarrollo de las Telecomunicaciones.

Antecedentes

En 27 de febrero de 1995 el Constituyente Permanente concluyó el proceso aprobatorio del Decreto que reforma el cuarto párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El propósito de esa reforma a nuestra Carta Magna fue el abrir a la inversión privada dos sectores que hasta esa fecha la ley consideraba como estratégicos y como tales reservados en exclusiva a la Nación.

La Iniciativa proponía modificar el cuarto párrafo del artículo 28 constitucional, el cual establecía: "Artículo 28 ...

No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas estratégicas a las que se refiere este precepto: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radiactivos y generación de energía nuclear, electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión". Las comisiones dictaminadoras en el Senado de la República, consideraron que con el fin de "evitar interpretaciones equivocadas que generen la falsa impresión de que el Estado se retira por completo del campo de las comunicaciones ferroviarias y satelitales, que puedan llevar a la idea de que la nación pierde soberanía en tales materias, estas comisiones unidas consideran indispensable establecer en el texto constitucional los principios básicos que orientarán la legislación secundaria.

Es así que ambas cámaras aprobaron un nuevo texto constitucional en el que tanto los ferrocarriles como las telecomunicaciones, pasaron de ser campos "estratégicos" a ser "prioritarios" en los términos en que el artículo 25 constitucional establece para dichas actividades: "Artículo 25 ...

El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan. Asimismo, podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo. Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolas a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente. El dictamen de la minuta enviada a la Cámara de Diputados estableció además que: "Conforme a las propuestas que Senadores y Diputados presentamos en la conferencia de Comisiones... se estima conveniente el afirmar que tanto los ferrocarriles como las comunicaciones vía satélite, constituyen áreas prioritarias para el desarrollo nacional; que debe expresamente mencionarse en la Constitución la rectoría que el Estado habrá de ejercer sobre ellas, en protección de la seguridad y la soberanía nacionales y, finalmente, se estima también indispensable que el texto constitucional preceptúe que al otorgarse concesiones o permisos para prestar dichos servicios, el propio Estado mantendrá o establecerá el dominio sobre las respectivas vías de comunicación, para cuyo efecto se cuidará de precisarlo así también en los procedimientos que se establezcan en las leyes que al efecto se expidan."

Con base en lo anterior el texto finalmente aprobado es el siguiente:

Artículo 28 ... "No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos, petroquímica básica, minerales radiactivos y generación de energía nuclear electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos, mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.

............." Es decir el espíritu del legislador fue muy claro al dejar al Estado como el responsable del desarrollo de estas áreas prioritarias para el desarrollo y la soberanía nacionales.

La ley reglamentaria de ese precepto constitucional fue aprobada en mayo de ese mismo año. El proceso de elaboración de esa Iniciativa tuvo la característica del trabajo conjunto entre el Ejecutivo y el Legislativo. El Diario de los Debates en ambas cámaras así lo consigna. El voto aprobatorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones así lo deja claro: dos de las tres fuerzas políticas más importantes, lo hicieron a favor.

La Ley Federal de Telecomunicaciones llenó un vacío en la materia que databa de los años cuarenta, y reconoció el dinamismo de este sector. Los objetivos que buscaba esa ley eran: Fomentar la competencia en el sector telecomunicaciones, evitando prácticas que restrinjan el acceso a los servicios o sean discriminatorias, en perjuicio de los intereses de los usuarios.

Asegurar en todo tiempo disponibilidad de capacidad satelital para las redes de seguridad nacional y la prestación de servicios de carácter social, como la telefonía rural y la educación a distancia.

Promover que los servicios de telecomunicaciones sean un insumo competitivo, moderno, eficaz, eficiente y accesible para el resto de las actividades económicas y por lo tanto contribuir al desarrollo del país.

Procurar una intensa competencia entre prestadores de servicios en beneficio de los usuarios y el público en general.

Regulación eficiente y eficaz a través de un órgano ad hoc.

Promover la disponibilidad en todo el territorio nacional de telecomunicaciones de alta calidad y a precios internacionalmente competitivos.

Asegurar que las telecomunicaciones aumenten la competitividad de la economía nacional.

Estimular la investigación y desarrollo tecnológico en el campo de las telecomunicaciones.

La participación de los particulares en el establecimiento, operación y explotación de satélites deberá realizarse a través del sistema de concesiones que otorgue el Gobierno Federal, en el entendido de que las posiciones orbitales y las frecuencias correspondientes quedarán bajo el dominio del Estado.

Que el sector privado que participe en este proceso, obtenga un retorno de capital justo, para que sea una actividad capaz de atraer el esfuerzo y la inversión privada. Cabe señalar que el cambio radical en el sector se inició con la privatización dada en 1991. En el Título de Concesión se estableció la posibilidad de competencia en el mercado local y en 1996 se abrió la larga distancia internacional. Es decir el sector de las telecomunicaciones tiene más de 10 años en los que apertura y el libre acceso de la competencia es una realidad.

A siete años de su aprobación y a más de 10 de la apertura del sector, se precisa un balance objetivo para evaluar avances, calibrar rezagos y plantear soluciones a los retos que sin duda todavía están pendientes.

Según el dictamen que se comenta el diagnóstico sobre la situación del sector telecomunicaciones en 1995 era la siguiente: En 1962 existían en el mundo 150 millones de líneas telefónicas en el mundo; el fax era desconocido y las computadoras no se vinculaban. Una llamada de México a Europa costaba alrededor de 100 dólares de hoy por minuto; el servicio radiotelefónico transatlántico era limitado, el único cable interoceánico manejaba sólo 100 canales de voz y, los satélites de comunicación no existían.

En 1995 los satélites y los cables submarinos manejaban más de 800 mil llamadas transatlánticas simultáneas; una llamada telefónica costaba en 1992 un dólar por minuto; existían 600 millones de líneas telefónicas en 190 países, y alrededor de 1200 millones de computadoras. El primer satélite fue puesto en órbita por los soviéticos en 1957, actualmente existen más de 3600 satélites.

Dentro de los indicadores básicos de los mercados mundial y nacional de telecomunicaciones destacaban:

Los servicios públicos de telecomunicaciones en países de la OCDE alcanzaron ganancias de 395 miles de millones de dólares en 1992. El mercado fuera de la OCDE es de 63 mil millones de dólares.

El mercado de equipo para telecomunicaciones representó ventas de 120 mil millones de dólares en el mismo año.

El sector telecomunicaciones representaba 2.5% del PIB, en países desarrollados es el 10% del PIB.

En 1993, México contaba con 8.7 líneas de teléfono por cada 100 habitantes; Suecia 78; Estados Unidos 57; Canadá 60; Argentina 15; Colombia y Venezuela 9; y Brasil 6.

México contaba con tres satélites en operación. La inversión acumulada en todos los satélites mexicanos lanzados era de más de 700 millones de dólares. La inversión privada que se ha canalizado en redes y estaciones terrenas de transmisión y recepción satelital, sumaba cerca de 800 millones de dólares, sin contar con la inversión en antenas parabólicas para recepción doméstica.

La ocupación de los satélites era de 60%.

El sector generaba más de 1000 empleos directos.

México contaba con 4 posiciones orbitales, Estados Unidos y Canadá 54 y 13 posiciones registradas.

Asimismo, el teléfono celular que no existía en el país...

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