Ley Federal de Responsabilidad es Administrativas de los Servidores Públicos. VIII-P-SS-487

Páginas126-186
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO 126
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
VIII-P-SS-487
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVI-
DORES PÚBLICOS. OBEDIENCIA JERÁRQUICA COMO
EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD.- La gura de
obediencia jerárquica, como excluyente de responsabilidad
administrativa de los servidores públicos, es denida como
la orden emanada de un superior jerárquico, dictada confor-
me a derecho, que origina a favor del subordinado una cau-
sa de justicación, que excluye la responsabilidad de quien
obra en cumplimiento de un deber o en el ejercicio de un
derecho consignados en la ley. Así, para su actualización
se requiere se surtan de forma concurrente los siguientes
elementos: 1) la existencia de una relación de dependencia
jerárquica entre el superior que dictó la orden y el inferior
que la ejecutó; 2) la existencia de un acto ordenado dentro
del ámbito de competencia del superior e inferior; 3) que la
orden cumpla con los requisitos formales previstos en la ley;
y 4) que el cumplimiento de la orden sea consecuencia de
un error que resulte insuperable. Por lo que, solo en caso
que la orden del superior jerárquico, cumpla con los requisi-
tos citados, el servidor público subordinado podrá acreditar
que su actuar indebido se originó como consecuencia de
una instrucción del superior jerárquico que debía acatar, ori-
ginando la obediencia jerárquica como gura excluyente
de responsabilidad, pues en caso que no se acrediten todos
los elementos referidos, será dable considerar que el servi-
dor público en su calidad de subordinado debió abstenerse
REVISTA NÚM. 49, DICIEMBRE 2020
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de cumplir con el mandato encomendado dada la ilicitud del
mismo.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 18/411-24-01-03-
09-OL/18/13-PL-02-00.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccio-
nal de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Ad-
ministrativa en sesión realizada a distancia el 24 de junio
de 2020, por unanimidad de 11 votos a favor.- Magistrada
Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Bren-
da Virginia Alarcón Antonio.
(Tesis aprobada en sesión a distancia de 18 de noviembre
de 2020)
C O N S I D E R A N D O :
[…]
CUARTO.- […]
ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DEL PLENO
JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR.
En primer término, se destaca que la litis en este Con-
siderando se ciñe en determinar si la resolución impugnada
se encuentra debidamente fundada y motivada en torno a
la responsabilidad administrativa atribuida al demandante;
o si la autoridad trasgrede el “principio de tipicidad”, en el
momento en el que encuadra la conducta atribuida al actor,
en la hipótesis normativa previamente establecida, toman-
do en consideración:
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
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a) Si la responsabilidad administrativa en torno al incum-
plimiento de obligaciones del actor puede estar sus-
tentada en el contrato individual de trabajo, así como
en la Cédula de Funciones y Responsabilidades, o
si bien se requiere que la obligación incumplida se
encuentre prevista en algún ordenamiento jurídico.
b) Si en el presente asunto resultaba necesario que la
autoridad demandada acreditara la coautoría del hoy
actor para sustentar la responsabilidad por parte del
aquí actor.
c) Si resulta aplicable al procedimiento administrativo
sancionador el concepto de comisión por omisión pre-
visto en la materia penal, y si se cumplen los requisi-
tos para su actualización.
d) Si el citatorio a la audiencia de ley contiene los ele-
mentos indispensables para hacer del conocimiento
al gobernado los hechos que se le imputaban.
Una vez estudiados los argumentos del demandante,
este Órgano Jurisdiccional considera que resultan infunda-
dos, acorde a las consideraciones de hecho y derecho que
siguen:
En principio resulta necesario precisar que la voz “res-
ponsabilidad” proviene del vocablo latín respondere, que
signica prometer, merecer o pagar, el cual se encuentra
estrechamente ligado con el vocablo spondere, que entre

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