Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-308

Páginas369-369
369
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-2aS-308
ACUMULACIÓN DE AUTOS. NO DEBE SUMARSE EL VALOR DEL
NEGOCIO DE CADA JUICIO PARA DETERMINAR SI REVISTEN
CARACTERÍSTICAS ESPECIALES POR RAZÓN DE CUANTÍA.-
El artículo 48, fracción I, inciso a), de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo, relativo a la especialidad que pueden revestir
los juicios contencioso-administrativos por su cuantía, lleva a analizar cada
asunto en lo individual, por lo que el hecho de que se hayan acumulado dos
o más juicios, resulta irrelevante para tales efectos. Así, en el caso de que se
haya decretado la referida acumulación, al menos un juicio debe cubrir en
lo individual el monto relativo a la atracción, mas no sumarse los montos
de todos, en especial si derivan de resoluciones distintas, ya que de hacerse
esto último implicaría que lo que le da la característica especial a los juicios
es su acumulación, y que de no promoverse esta no habría tal especialidad,
lo que no dice la ley ni se desprende de ella, máxime que la acumulación
de autos consiste en agrupar en un solo expediente dos o más juicios co-

mas no fusionar los procesos, los cuales conservan su autonomía, ni dotar
de características especiales a los juicios, pues son puramente procesales
los efectos que produce la acumulación y entenderlo de otra manera sería
atribuirle efectos que la ley no le concede.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2272/11-11-01-1/AC1/1747/12-
S2-06-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 29 de enero de 2013,
por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Alfredo Salgado
Loyo.- Secretario: Lic. Ernesto Christian Grandini Ochoa.
(Tesis aprobada en sesión de 29 de enero de 2013)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR