Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-CASR-1NE-11

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PRIMERA SALA REGIONAL DEL NORESTE
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-CASR-1NE-11
QUEJA. PARA DETERMINAR LA OMISIÓN EN EL CUM-
PLIMENTO DE LA SENTENCIA DEBERÁN ANALIZARSE
TANTO LOS EFECTOS EXPLÍCITOS COMO IMPLÍCITOS
CONTENIDOS EN LA MISMA.- Conforme a la interpretación
sistemática de los artículos 52 y 57 de la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo, se obtiene que
por regla general, los vicios de carácter formal traen como
consecuencia la nulidad del acto administrativo para deter-
minados efectos, debiendo la autoridad dar cumplimiento a
la sentencia en el plazo de 4 meses, en tanto que la emisión
del nuevo acto en la generalidad, se encuentra en el marco
de facultades discrecionales de la autoridad demandada, o
bien, cuando la resolución debatida tenga como origen una
petición o instancia elevada por el particular que necesaria-
mente habría de resolverse. Sin embargo, la declaratoria de
nulidad lisa y llana de la resolución impugnada con base en
la causal de ilegalidad prevista en el artículo 51 fracción IV
de la misma ley, puede traer como consecuencia la realiza-
ción de determinados actos de las autoridades demandadas
o vinculadas con el cumplimiento del fallo, al desprenderse
del mismo efectos implícitos en la sentencia. Son efectos
explícitos aquellos que el Tribunal conforme a lo que estable-
cen los artículos mencionados, precisa de manera puntual la

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