Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-CASR-PA-6

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-CASR-PA-6
VÍA SUMARIA.- ALCANCE DE LA FRACCIÓN II DEL AR-
TÍCULO 58-3 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RESPECTO DE LAS
REGLAS ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENE-
RAL.- De acuerdo con lo previsto por el artículo 58-2 de la
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo,
el juicio procederá en la vía sumaria cuando el importe de
lo controvertido no exceda de cinco veces el salario míni-
mo general vigente en el Distrito Federal elevado al año, al
momento de su emisión y se trate de alguno de los cinco
tipos de resolución que al efecto señala el propio numeral o
cuando se dicten en violación a una tesis de jurisprudencia
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de
inconstitucionalidad de leyes, o a una jurisprudencia del Pleno
de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa; sin embargo, tal vía resulta improcedente en
los seis supuestos previstos por el artículo 58-3 de la citada
ley, entre los que se encuentra la impugnación simultánea
de una regla administrativa de carácter general. No obstan-
te lo anterior, si en el escrito inicial de demanda se señalan
conceptos de impugnación en contra de reglas de carácter
general, pero estas no fueron señaladas en forma expresa
como impugnadas en el capítulo relativo a la resolución im-
pugnada, no podrá considerarse que se están controvirtiendo
de manera destacada y simultánea, por lo que es procedente
que el juicio se tramite en la vía sumaria.

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