Ley Federal de Procedimiento Administrativo
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NOTA IMPORTANTE
Estimado cliente a través del siguiente instructivo
podrás conocer las fechas en que se han publicado
las últimas reformas, adiciones o derogaciones que
incluye esta disposición; las fechas se presentan
cronológicamente de la más reciente a la más antigua
dentro del período al que corresponda.
INSTRUCTIVO V
DE LA REFORMA A LA LEY FEDERAL DE
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
• ARTICULO SEGUNDO. Se DEROGAN los artículos 69-A; 69-B, tercer pá-
rrafo; 69-C, primer párrafo; 69-D; 69-E; 69-F; 69-G; 69-H; 69-I; 69-J; 69-K;
69-L; 69-M; 69-N; 69-O; 69-P; 69-Q y 70-A, fracciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII y
IX y último párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para
quedar como sigue:
Publicado en el D.O.F. del 18 de mayo de 2018
• ARTICULO PRIMERO. Se REFORMA la fracción II del artículo 35 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo, para quedar como sigue:
Publicado en el D.O.F. del 2 de mayo de 2017
1
LEY FED. PROCEDIMIENTO ADMVO./DEL AMBITO DE APLICACION... 1-2
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Presidencia de la República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados
Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATI-
VO V
TITULO PRIMERO
DEL AMBITO DE APLICACION Y PRINCIPIOS GENE-
RALES
CAPITULO UNICO
AMBITO DE APLICACION DE LA LEY
ARTICULO 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden e interés públicos, y
se aplicarán a los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Públi-
ca Federal centralizada, sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internaciona-
les de los que México sea parte.
El presente ordenamiento también se aplicará a los organismos descentraliza-
dos de la Administración Pública Federal paraestatal respecto a sus actos de au-
toridad, a los servicios que el Estado preste de manera exclusiva, y a los contratos
que los particulares sólo puedan celebrar con el mismo.
Este ordenamiento no será aplicable a las materias de carácter fiscal, respon-
sabilidades de los servidores públicos, justicia agraria y laboral, ni al ministerio
público en ejercicio de sus funciones constitucionales. En relación con las materias
de competencia económica, prácticas desleales de comercio internacional y finan-
ciera, únicamente les será aplicable el Título Tercero A.
Para los efectos de esta Ley sólo queda excluida la materia fiscal tratándose de
las contribuciones y los accesorios que deriven directamente de aquéllas.
APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY
ARTICULO 2. Esta Ley, salvo por lo que toca al Título Tercero A, se aplicará
supletoriamente a las diversas leyes administrativas. El Código Federal de Procedi-
mientos Civiles se aplicará, a su vez, supletoriamente a esta Ley, en lo conducente.
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