Ley para el Desarrollo y Competitividad Economica del Estado de Guanajuato y sus Municipios



[N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ORDENAMIENTO Y SUS DECRETOS DE MODIFICACIONES, SE SUGIERE CONSULTAR LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS CORRESPONDIENTES.]

LEY PARA EL DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD ECONÓMICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 20 DE NOVIEMBRE DE 2023.

Ley publicada en la Quinta Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el viernes 15 de noviembre de 2013.

MIGUEL MÁRQUEZ MÁRQUEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED:

QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE:

DECRETO NÚMERO 94

LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, DECRETA:

LEY PARA EL DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD ECONÓMICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 49

Naturaleza y objeto

Artículo 1 La presente Ley es de orden público y de observancia general en el territorio del Estado de Guanajuato

Tiene por objeto establecer las bases para fomentar las actividades económicas, la atracción de inversiones productivas, fortalecer y aumentar el empleo, promover la cultura emprendedora e impulso a emprendedores; así como incorporar la tecnología y la innovación en los procesos productivos para el desarrollo de actividades de mayor valor agregado en el marco de un desarrollo integral armónico, sostenible, sustentable y de equilibrio regional.

Objetivos

Artículo 2 La presente Ley tiene los siguientes objetivos:
  1. Propiciar la participación de la sociedad organizada en el desarrollo económico;

  2. Fomentar el desarrollo competitivo de la Entidad para generar su crecimiento equilibrado sobre las bases de un desarrollo económico, sostenible y sustentable;

  3. Impulsar la economía del conocimiento a través de la articulación de las empresas, centros de investigación e instituciones educativas para el desarrollo tecnológico y la innovación aplicada;

  4. Facilitar las condiciones para el desarrollo de la competitividad de las empresas y de la región;

  5. Orientar el desarrollo económico del estado acorde a las vocaciones económicas de los municipios determinadas por sus recursos;

  6. Promover el desarrollo económico en los municipios a través de la identificación, desarrollo e impulso de sus vocaciones económicas para integrarlos a las cadenas de valor y productivas, y diversificación de las actividades económicas en el estado;

  7. Promover la inversión directa en las cadenas productivas y sectores estratégicos de la Entidad;

  8. Impulsar la articulación, fortalecimiento, desarrollo y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas;

  9. Impulsar el comercio interior;

  10. Vincular los sectores económicos tradicionales con la tendencia económica del estado;

  11. Facilitar las condiciones de generación de riqueza para la creación, conservación y mejora de fuentes de empleo;

  12. Fomentar una cultura emprendedora y generar las oportunidades de desarrollo productivo con potencial en el estado;

  13. Impulsar la formación del capital humano que responda a la vocación económica y necesidades de cada región;

  14. Elevar la competitividad de la fuerza laboral del estado y facilitar su movilidad, a través de la capacitación para y en el trabajo;

  15. Impulsar el desarrollo logístico y conectividad del estado;

  16. Generar la cultura de la internacionalización en las empresas con el propósito de alcanzar su desarrollo fuera de los mercados que constituyen su entorno geográfico natural;

  17. Fortalecer el entorno de negocios para facilitar la atracción, consolidación y permanencia de inversiones nuevas y complementarias en el estado;

  18. Facilitar y respaldar la apertura de nuevas empresas, así como mantener y mejorar las condiciones de las ya existentes;

  19. Establecer y regular las bases generales de las políticas para el otorgamiento de incentivos, apoyos y estímulos a inversionistas y emprendedores;

  20. Fomentar la vinculación para el otorgamiento de fondos de financiamiento empresarial; y

  21. Fomentar la cultura de empresas socialmente responsables.

Glosario

Artículo 3 Para los efectos de lo establecido en la Ley para el Desarrollo y Competitividad Económica del Estado de Guanajuato, se entenderá por:
  1. Actividades económicas: Conjunto de acciones realizadas por una unidad económica con el propósito de producir o proporcionar bienes y servicios que se intercambian por dinero u otros bienes o servicios;

  2. Articulación estratégica: Proceso que promueve un mejor desempeño de los actores públicos y privados, para lograr objetivos y metas comunes del desarrollo económico del Estado;

  3. Cadena de valor: Conjunto de actividades que agregan valor a los productos o servicios de una empresa, y permiten lograr una ventaja competitiva, para satisfacer las necesidades y expectativas del cliente;

  4. Cadenas productivas: Sistemas productivos que integran conjuntos de empresas que agregan valor a productos o servicios a través de las fases del proceso económico;

  5. Clúster: Concentración de empresas de una región líderes en su ramo, apoyadas por otras que proveen productos y servicios, y tanto unas como otras están, a su vez, sustentadas por organizaciones que proveen profesionales calificados, tecnología de punta, recursos financieros, ambiente propicio para los negocios e infraestructura física;

  6. Consejo: Consejo para el Desarrollo y Competitividad Económica del Estado;

  7. Competitividad económica del estado: Capacidad de la sociedad y gobierno para fortalecer los recursos y factores productivos que nos permitan contar con un ecosistema propicio para el desarrollo de las actividades económicas, procurando el empleo, la prosperidad y el desarrollo regional equilibrado;

  8. Desarrollo económico: Desarrollo económico sostenible y sustentable;

  9. Economía del conocimiento: Aquella en que el conocimiento es producido, adquirido, transmitido y utilizado con mayor efectividad por los individuos, las organizaciones, las empresas y las comunidades; para promover el desarrollo económico y social de una zona o región, generando ecosistemas que estimulen la innovación y el desarrollo de la ciencia y la tecnología para dar mayor valor agregado a los productos y servicios;

  10. Emprendedor: Persona o grupo de personas que persiguen una oportunidad de negocio para iniciar un proyecto empresarial;

  11. Empresa: Persona física o jurídica legalmente constituida cuyo objeto sea el de llevar a cabo actividades económicas para la producción o el intercambio de bienes o servicios para el mercado;

  12. Empresas socialmente responsables: Aquellas compañías que tienen una contribución activa y voluntaria para mejorar el entorno social, económico y ambiental, con el objetivo de optimizar su situación competitiva y su valor añadido;

  13. Enfoque sistémico: Suma de capacidades de las entidades públicas y privadas para diseñar e implementar las políticas públicas que permitan fortalecer el desarrollo económico y trabajar dentro de un sistema;

  14. Formación dual: Estrategia que combina la capacitación teórica con la formación directa en centros de trabajo;

  15. Inversiones productivas: Incremento de la capacidad física y tecnocientífica para generar bienes y servicios con un impacto positivo en el empleo y la derrama económica;

  16. Ley: La Ley para el Desarrollo y Competitividad Económica del Estado de Guanajuato y sus Municipios;

  17. Organizaciones empresariales: Cámaras empresariales y sus confederaciones; las asociaciones y agrupamientos legalmente constituidos;

  18. Órganos auxiliares: Comisiones, consejos y comités creados por decreto gubernativo o a través de convenios de coordinación y colaboración, para la atención de materias específicas en relación con el desarrollo y competitividad económica;

  19. Procesos productivos: Conjunto de actividades concretas, interrelacionadas y coordinadas entre sí, que tienen como objetivo la producción de bienes y servicios;

  20. Proyectos de Desarrollos Económicos: Espacios territoriales destinados a la realización de actividades industriales, comerciales y de servicios o de transferencia de tecnología, con infraestructura y servicios comunes que facilitan la instalación de proyectos de inversión generadores de empleo o tecnología;

  21. Proyecto de Inversión Productiva: Proyecto económico de tipo industrial, comercial o de servicios orientado a la transformación, compraventa de bienes y servicios y prestación de servicios, el cual debe contener un programa de inversión y generación de empleo directo en un periodo determinado, señalando las fuentes de origen de los recursos;

    (ADICIONADA, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 2023)

  22. BIS. Salvaguardas Sociales. Se refieren a medidas sociales y económicas enfocadas en anticipar, evitar, minimizar, mitigar o compensar los impactos adversos o negativos de proyectos de desarrollos económicos en comunidades en los que estos tengan incidencia. Asimismo, se consideran en estas acciones aquellas orientadas a mejorar y potenciar los impactos positivos, beneficios y oportunidades económicas y sociales para las poblaciones locales involucradas;

    Estas medidas deberán considerar un enfoque de brechas de desigualdad de género para implementar acciones y propuestas orientadas en abatirlas.

  23. Secretaría: La Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable;

  24. Secretario: El titular de la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable;

  25. Sistema de parques: Esfuerzo de articulación, colaboración y complementariedad para el desarrollo de infraestructura y...

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