Ley de Cuotas y Tarifas para la Prestacion de Servicios Publicos del Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ebano, San Luis Potosi
LEY DE CUOTAS Y TARIFAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL ORGANISMO OPERADOR DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE ÉBANO, S.L.P.
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el martes 30 de diciembre de 2014.
Dr. Fernando Toranzo Fernández, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus habitantes sabed: Que el Congreso del Estado ha Decretado lo siguiente:
La Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Decreta
En razón de lo anterior, se establecen para el cobro de la prestación de servicios públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, elaboradas por la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ébano, S.L.P., para quedar como sigue:
LEY DE CUOTAS Y TARIFAS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS DEL ORGANISMO OPERADOR DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE EBANO, S.L.P.
DE LA CONTRATACION DEL SERVICIO PARA EFECTUAR CONEXIONES A LAS REDES PUBLICAS DE AGUA Y ALCANTARILLADO
DE LA CONTRATACION DE LOS SERVICIOS
Clasificación del Servicio Agua Potable Alcantarillado
($) ($)
Servicio Doméstico (toma corta) 360.00 132.00
Servicio Doméstico (toma larga) 360.00 300.00
Servicios Públicos (toma corta) 360.00 210.00
Servicios Públicos (toma larga) 360.00 300.00
Servicio Comercial (toma corta) 600.00 400.20
Servicio Comercial (toma larga) 919.20 480.00
Servicio Industrial (toma corta) 480.00 300.00
Servicio Industrial (toma larga) 540.00 360.00
Clasificación del Servicio Agua Potable Alcantarillado
($)($)
Servicio Doméstico (toma corta) 360.00360.00
Servicio Doméstico toma larga) 420.00360.00
Servicios Públicos (toma corta) 360.00360.00
Servicios Públicos (toma larga) 420.00360.00
Servicio Comercial (toma corta) 780.00600.00
Servicio Comercial (toma larga) 840.00600.00
Servicio Industrial (toma corta) 540.00480.00
Servicio Industrial (toma larga) 600.00480.00
Clasificación del Servicio Agua Potable Alcantarillado
($)($)
Servicio Doméstico (toma corta) 403.75 950.00
Servicio Doméstico (toma larga) 555.00 1500.00
Servicios Públicos (toma corta) 403.75 950.00
Servicios Públicos (toma larga) 555.00 1500.00
Servicio Comercial (toma corta) 653.70 650.00
Servicio Comercial (toma larga)772.84 2350.00
Servicio Industrial (toma corta)847.78 2650.00
Servicio Industrial (toma larga) 1166.25 3450.00
Lineales, después de este parámetro y hasta 12 mts. Se considera toma larga cuando la obra sea de mayor magnitud, se cobrará $36.00 (Treinta y seis pesos 00/100 MN) por metro lineal.
Las personas interesadas en contratar los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento deberán presentar su solicitud por escrito, así como el pago correspondiente por la elaboración del presupuesto por la cantidad de cobrará (sic) $36.00 (Treinta y seis pesos 00/100 MN) y en su caso anexar los documentos siguientes: copia de escrituras, acta de posesión, pago del predial del inmueble, contrato de arrendamiento para el cuál requiera el servicio.
DE LA MEDICIÓN DEL SERVICIO Y MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE INSTALACIÓN
El Organismo Operador instalará las tomas y aparatos medidores de agua potable en la entrada del predio, en forma tal que sin dificultad se pueda llevar a cabo las lecturas de consumo, las pruebas de funcionamiento de los aparatos y, cuando sea necesario, el cambio de los mismos.
Cuando no se pueda determinar el volumen de agua potable consumida, como consecuencia de la descompostura del medidor por causas no imputables al usuario, la cuota de agua potable se pagará conforme a la cantidad de metros cúbicos consumidos en promedio de los tres últimos periodos de pago, teniendo el organismo la posibilidad de determinar la cantidad de metros considerando la situación actual de la cuenta o en su caso del último pago.
Para el cobro del servicio del agua potable, drenaje y saneamiento, será obligatoria la micromedición, en consecuencia queda prohibido el cobro de cuota estimada y sólo en caso extraordinario podrá aplicarse.
En los lugares donde no haya medidores o hasta en tanto estos no se instalen, los pagos serán determinados por las cuotas y tarifas fijas previamente establecidas.
Cuando reúna 12 meses sin pago, el organismo dará de baja el contrato del padrón de usuario.
Los usuarios tienen la responsabilidad de cuidar que no se destruyan los aparatos medidores, por lo que deberán estar protegidos contra robo, manipulaciones indebidas y toda posible causa de deterioro, estando obligados a informar al organismo en un plazo máximo de 3 días hábiles, todo daño causado a los medidores, debiendo pagar el usuario los gastos que origine la reparación o sustitución.
DEL PAGO DE LOS SERVICIOS
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
-
El suministro de agua potable se cobrará en base a una cuota fija por el consumo básico de hasta 10 metros cúbicos mensuales de acuerdo a las siguientes cuotas.
CUOTA FIJA PARA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE
DOMESTICA AGUA POTABLE ALCANTARILLADO
($)($)
Residencial 69.44 13.59
SERVICIO PÚBLICO AGUA POTABLE ALCANTARILLADO
($)($)
Iglesias 72.9110.94
Instituciones educativas72.9110.94
Instituciones Públicas 72.91 10.94
Oficinas Administrativas 72.91 10.94
con consumo mínimo
Oficinas administrativas 72.91 10.94
COMERCIALAGUA POTABLE ALCANTARILLADO
($)($)
Fondas Económicas138.86 20.83
Local comercial con 104.14 15.62
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