Ley que Crea la Universidad Tecnologica BilingÜe Franco Mexicana de Nuevo Leon
Fecha de disposición | 14 Mayo 2019 |
Fecha de publicación | 03 Junio 2019 |
LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA BILINGÜE FRANCO MEXICANA DE NUEVO LEÓN
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en la Sección Tercera del Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el lunes 3 de junio de 2019.
JAIME HELIODORO RODRÍGUEZ CALDERÓN, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, A TODOS SUS HABITANTES HAGO SABER: Que el H. Congreso del Estado ha tenido a bien decretar lo que sigue:
DECRETO
NÚM. 130
LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA BILINGÜE FRANCO MEXICANA DE NUEVO LEÓN
Se crea la Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León, como Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizada a la Secretaría de Educación del Estado, para que contribuya en el marco del Sistema Educativo del Estado y del Sistema Nacional de Universidades Tecnológicas y Politécnicas, a la prestación de servicios educativos de nivel superior en el área de la ciencia y la tecnología; misma que tendrá su domicilio legal en el Municipio de Juárez, Nuevo León.
Autoridad Educativa: A la Coordinación General de Universidades Tecnológicas dependientes de la Secretaría de Educación Pública, o en su caso el Consejo de Universidades Tecnológicas;
Consejo: Al Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León;
Convenio: Al convenio de colaboración para la creación, operación y apoyo financiero de la Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León, entre la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Nuevo León;
Ley: A la Ley que Crea la Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León;
Rector: Al Rector de la Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León;
Reglamento: Al Reglamento Interior de la Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León;
Sistema: Al Sistema Nacional de Universidad Tecnológicas (sic);
Secretaría: A la Secretaría de Educación;
SEP: A la Secretaría de Educación Pública; y
Universidad: A la Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León.
Operará con base en el modelo pedagógico, académico y administrativo aprobado por la SEP y se adhiere al nivel, planes y programas de estudio que apruebe la autoridad educativa, siempre que exista congruencia entre estos y el marco normativo del Sistema Educativo Estatal.
Ofrecer programas cortos de educación superior, de dos años, con las características de intensidad, pertenencia, flexibilidad y calidad;
Formar, a partir de egresados del bachillerato, Técnicos Superiores Universitarios aptos para la aplicación de conocimientos y la solución de problemas con sentido de innovación en la corporación de los avances científicos y tecnológicos, a través del modelo académico bilingüe internacional y sustentable;
Ofrecer programas de continuidad de estudios para sus egresados y para egresados del nivel Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado de otras Instituciones de Educación Superior, que permitan a los alumnos alcanzar todos los niveles académicos de tipo superior previstos en la Ley General de Educación y la Ley de Educación del Estado, mediante el modelo académico bilingüe internacional y sustentable;
Desarrollar estudios o proyectos en las áreas de su competencia, que se traduzcan en aportaciones concretas que contribuyan al mejoramiento y mayor eficiencia de la producción de bienes o servicios y a la elevación de la calidad de vida de la comunidad;
Desarrollar programas de apoyo técnico en beneficio de la comunidad;
Difundir el conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida;
Promover la cultura científica y tecnológica;
Desarrollar las funciones de vinculación con los sectores público, privado y social, para contribuir al desarrollo tecnológico y social de la comunidad; y
Cumplir con cualquier otra actividad que le permita consolidar su modelo educativo.
Constituir la organización administrativa y académica de acuerdo con lo previsto en esta Ley;
Regular el desarrollo de sus funciones sustantivas, adjetivas y de apoyo, así como la estructura, funciones y atribuciones de la estructura orgánica de la Universidad;
Planear y programar la educación que se imparte en ella;
Impartir educación para la formación de Técnicos Superiores Universitarios, Ingenierías Técnicas, Licencias Profesionales y Licenciaturas, vinculadas estrictamente con necesidades de la comunidad, de modalidad académica bilingüe internacional y sustentable;
Organizar actividades que permitan a la comunidad el acceso a la cultura en todas sus manifestaciones;
Planear e impulsar estrategias de participación y concertación con los sectores público, privado y social, para la proyección de las actividades productivas, con los más altos niveles de eficiencia y sentido social;
Realizar e impulsar la investigación tecnológica con base en la vinculación con el sector productivo de bienes y servicios;
Determinar sus programas de investigación y vinculación;
Expedir certificados de estudios, parciales y totales, así como títulos, diplomas y distinciones especiales;
Revalidar y establecer equivalencias de los estudios realizados en otras instituciones educativas nacionales y extranjeras de conformidad con la normativa aplicable;
Establecer los procedimientos y requisitos de acreditación y certificación de estudios, de conformidad con los lineamientos del Sistema;
Regular los procedimientos de selección e ingreso de los alumnos y establecer las normas para su permanencia en la Universidad;
Establecer los procedimientos de ingreso, permanencia y promoción de su personal académico;
Administrar su patrimonio conforme a lo establecido en ésta Ley, expidiendo las disposiciones internas que lo regulen, así como los sistemas de control, vigilancia y auditoría que sean necesarios;
Realizar las adquisiciones para su operación de conformidad con su presupuesto anual y normatividad aplicable;
Planear, desarrollar e impartir programas de superación y actualización académica y dirigirlos tanto a la comunidad universitaria como a la población en general;
Administrar su patrimonio, los bienes incorporados a este, así como los ingresos que obtenga por los servicios que preste, con sujeción al marco legal aplicable según su naturaleza;
Suscribir contratos y convenios por personas físicas o morales; con instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras para el cumplimiento de su objeto;
Expedir las disposiciones necesarias, a fin de hacer efectivas las atribuciones que se le confieran para el cumplimento del objeto de la Universidad; y
Las demás necesarias para el cumplimiento del objeto de la Universidad.
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINSITRACIÓN (SIC)
Consejo;
Rector;
Directores de División y de Centro;
Órganos Consultivos; y
El Patronato.
Del Consejo Directivo
El Titular de la Secretaría de Educación, quien lo presidirá;
El Titular de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado;
El Titular de la Secretaría de Economía y Trabajo;
Tres representantes del Gobierno Federal designados por la SEP, por conducto de la Subsecretaría de Educación Superior y/o de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas;
Un representante del Municipio de Juárez, Nuevo León, designado por su Ayuntamiento;
El Rector de la Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León;
Un representante de la Contraloría y Transparencia Gubernamental; y
Tres representantes de los sectores productivo y social de la región, invitados por el Titular del Ejecutivo del Estado.
Los representantes señalados en las fracciones VI, VII y VIII formarán parte del Consejo Directivo con derecho a voz pero sin voto.
El Comisario que se establece en los términos de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León, participará en las sesiones del Consejo con voz, pero sin voto.
De la misma manera asistirá a las sesiones un Secretario Técnico que será designado por el Consejo a propuesta de su Presidente, quien será el responsable de organizar y coordinar la planeación, registro y seguimiento a los acuerdos de dicho Consejo.
Ser ciudadano mexicano en pleno uso de sus derechos;
Ser mayor de 30 años;
Tener experiencia académica, profesional o empresarial mínima de cinco años; y
Gozar de buena reputación y de prestigio académico, profesional o...
Para continuar leyendo
Solicita tu pruebaAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
