Ley que Crea el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Degollado, Jalisco
LEY QUE CREA EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE DEGOLLADO, JALISCO
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 28 DE DICIEMBRE DE 2019.
Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el sábado 31 de agosto de 1996.
Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Alberto Cárdenas Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad Federativa, se me ha comunicado el siguiente:
DECRETO
Número 16158.- El Congreso del Estado Decreta:
LEY QUE CREA EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE DEGOLLADO, JALISCO
Para la administración, operación y mantenimiento del servicio de agua potable y alcantarillado en las delegaciones y Agencias, Municipales, el Sistema podrá constituir Juntas Auxiliares de Administración, operación y mantenimiento previo acuerdo del Cabildo.
De los Órganos de Gobierno
El Consejo de Administración se integrará por:
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El Presidente Municipal o su representante, quien presidirá el Consejo;
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El Tesorero Municipal que a su vez, será el Tesorero del Consejo;
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El Director de Obras Públicas Municipales;
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El Director General del Consejo, que será nombrado por el Cabildo;
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El Regidor encargado de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado;
Los funcionarios citados en las fracciones anteriores durarán en su encargo el período correspondiente a la administración municipal
(REFORMADA, P.O. 22 DE FEBRERO DE 2014)
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Un representante de la Secretaría de Medio ambiente y Desarrollo Territorial del Estado de Jalisco;
(REFORMADA, P.O. 22 DE FEBRERO DE 2014)
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Un representante de la Secretaría de Salud del Estado de Jalisco;
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Un Representante de la Comisión Nacional del Agua.
Los Representantes previstos por las fracciones V, VI y VII, acreditarán su representación mediante oficio expedido por la autoridad competente de cada dependencia, pudiendo éstas, removerlos en cualquier momento y a su vez, substituirlos;
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Tres representantes de los usuarios de la Cabecera Municipal, electos por los demás miembros del Consejo de Administración del Sistema, a propuesta del Presidente;
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Un representante de cada una de las Juntas Auxiliares que se constituyan, que sólo formará parte del Consejo, cuando se traten asuntos relacionados con la localidad a la que pertenezcan aquéllas.
Los representantes citados en las fracciones anteriores durarán en su encargo el período correspondiente a la administración municipal.
Por cada consejero propietario habrá un suplente.
Los acuerdos y determinaciones serán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
Los integrantes del Consejo, distintos al presidente, al Tesorero y al Director General, tendrán el carácter de vocales.
De las Funciones del Consejo de Administración
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Discutir, aprobar y proponer al Ayuntamiento de Degollado, Jalisco, el Presupuesto de Egresos de cada anualidad, que le presente el Director General, para que a su vez, se someta para su aprobación definitiva al Cabildo del H. Ayuntamiento;
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Proponer al Cabildo de Degollado, Jalisco, las tarifas para el cobro e instalación de los servicios de agua potable y alcantarillado, para que a su vez, sean sometidas a la aprobación del Congreso del Estado, en la Ley de Ingresos para cada ejercicio fiscal;
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Con base a las disposiciones de la Ley de Ingresos correspondiente, para el municipio de Degollado, Jalisco, determinar los casos en que los servicios deberán cobrarse a cuota fija o en base de medidor, cuando se trate del suministro de agua potable;
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Nombrar y remover al personal de confianza del Sistema, en los términos de la Ley y exijir (sic), cuando proceda, que cuestionen su manejo;
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Formular, discutir, aprobar y modificar, en su caso, los reglamentos exterior e interior de Trabajo del sistema;
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Revisar y aprobar, en su caso, los programas que le sean presentados por el Director General;
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Recaudar y manejar los fondos derivados de la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado, de acuerdo a las cuotas que se establezcan en la Ley de Ingresos para el Municipio de Degollado, Jalisco, llevando la contabilidad correspondiente, todo ello, a través de la Dirección General y de la Tesorería del...
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