Ley de Cambio Climatico para el Estado de Tamaulipas

LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 26 DE OCTUBRE DE 2023.

Ley publicada en el Anexo al Número 73 del Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, el martes 20 de junio de 2017.

FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:

Que el honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:

Al margen un sello que dice:- "Estados Unidos Mexicanos Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. LXIII-195

MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE LA LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS.

ARTÍCULO ÚNICO Se expide la Ley de Cambio Climático para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:

LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 12
ARTÍCULO 1

La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto establecer las normas, principios y bases para:

  1. Garantizar el derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar;

  2. La determinación de las autoridades competentes para la aplicación de la presente Ley;

  3. El proceso de formulación, conducción y evaluación de la política estatal en materia de cambio climático;

  4. La integración y actualización de información que sustente las decisiones en materia de mitigación y adaptación al cambio climático;

  5. La participación corresponsable de la sociedad en las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático;

  6. El fomento a la investigación científica y tecnológica en materia de cambio climático;

  7. El fortalecimiento de las capacidades institucionales y sectoriales para enfrentar el cambio climático;

  8. El establecimiento y aplicación de instrumentos económicos que impulsen la aplicación de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático;

  9. Difusión de causas y efectos del cambio climático; y

  10. Las demás que sean necesarias para proteger a la población en contra del cambio climático y sus efectos adversos.

ARTÍCULO 2

Para los efectos de esta Ley, se estará a las definiciones previstas en la Ley General de Cambio Climático y a las siguientes:

  1. Adaptación: Medidas y ajustes en sistemas humanos o naturales, como respuesta a estímulos climáticos, proyectados o reales, o sus efectos, que pueden moderar el daño, o aprovechar sus aspectos beneficiosos;

  2. Atlas de riesgo: Documento dinámico cuyas evaluaciones de riesgo en regiones o zonas geográficas vulnerables, consideran los actuales y futuros escenarios climáticos;

  3. Bonos de carbono: Reducciones Certificadas de Emisiones;

  4. Cambio climático: Variación del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera global y se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos comparables;

  5. Código: Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas;

  6. Comisión Intersecretarial: Comisión Intersecretarial de Cambio Climático del Estado de Tamaulipas; órgano de coordinación entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal para elaborar políticas públicas orientadas a la prevención y mitigación de gases efecto invernadero y de adaptación a los efectos adversos del cambio climático;

  7. Comisiones: Comisiones competentes del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas;

  8. Compensación: Medida que implica restablecer los elementos y recursos naturales o servicios ambientales por otros de las mismas características;

  9. Comunicación Estatal: Comunicación Estatal de Cambio Climático. Mecanismo de reporte que tiene el Estado para Evaluar la Implementación del Programa Estatal de Cambio Climático;

  10. Consejo Consultivo: Consejo Consultivo de la Comisión Intersecretarial;

  11. Efectos adversos del cambio climático: Variaciones bruscas en el medio ambiente resultantes del cambio climático, que tienen efectos nocivos significativos en la composición, capacidad de recuperación, productividad de los ecosistemas, en la salud y bienestar humano y en el funcionamiento de los sistemas socioeconómicos;

  12. Emisiones: Liberación a la atmósfera de gases de efecto invernadero o sus precursores y aerosoles en la atmósfera, incluyendo en su caso compuestos de efecto invernadero, en una zona y un periodo de tiempo específicos;

  13. Estrategia Estatal: Estrategia Estatal de Cambio Climático de Tamaulipas. Documento que contempla, en concordancia con la Estrategia Nacional de Cambio Climático, en forma ordenada y coherente, estrategias, políticas, directrices y tácticas en tiempo y espacio, así como los instrumentos, mecanismos y acciones relacionadas al cambio climático en el ámbito estatal;

  14. Estrategia Nacional: Estrategia Nacional de Cambio Climático;

  15. Fondo: El Fondo para el Cambio Climático del Estado de Tamaulipas. Es el Fideicomiso de captación y canalización, sin fines de lucro que apoya técnica y financieramente acciones de mitigación y adaptación ante el cambio climático, entre otras;

  16. Fuentes emisoras: Todo proceso, actividad, servicio o mecanismo que libere un gas o compuesto de efecto invernadero a la atmósfera;

  17. Gases de Efecto Invernadero (GEI): Componentes gaseosos de la atmósfera, que absorben y emiten radiación infrarroja y que están incluidos en el Anexo A del Protocolo de Kioto: bióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O), hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6);

  18. Gigagramos de bióxido de carbono equivalente (GgCO2e): Unidad de medida de los gases de efecto invernadero expresada en gigagramos de bióxido de carbono que tendrían el efecto invernadero equivalente. Se asumirán las equivalencias adoptadas por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático;

  19. Inventario Estatal: Inventario Estatal de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero;

  20. Ley: Ley de Cambio Climático para el Estado de Tamaulipas;

  21. Mitigación: Aplicación de políticas y acciones destinadas a reducir las emisiones de las fuentes, o mejorar los sumideros de gases y compuestos de efecto invernadero;

  22. Ordenamiento Ecológico: El instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos;

  23. Ordenamiento Territorial: Es el conjunto de acciones concertadas emprendidas por el Estado para orientar la transformación, ocupación y utilización del suelo;

  24. Plataforma Estatal sobre Cambio Climático: Es la base de datos oficial que se conformará con la información que proporcionen las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, los municipios, los sectores social, educativo, y de investigación, así como aquellos que realicen actividades o acciones en materia de cambio climático;

  25. Programa Estatal: Programa Estatal de Cambio Climático. Documento que precisa posibilidades de mitigación y adaptación con visión e intervalos de reducción de emisores de gases de efecto invernadero, en el cual propone los estudios para definir metas de prevención, mitigación y necesidades de adaptación a mediano y largo plazo;

  26. Protocolo de Kioto: Tratado internacional ligado a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que establece compromisos legalmente vinculantes, así como mecanismos y medidas para limitar o reducir las emisiones de gases de efecto invernadero;

  27. Registro Estatal: Registro Estatal de Emisiones. Instrumento de registro a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, de las fuentes de emisiones nacionales, los proyectos de reducción de emisiones, así como las transacciones de reducciones certificadas y de permisos de emisión;

  28. Reglamento: Reglamento de la presente Ley;

  29. Resiliencia: Capacidad de un ecosistema de absorber perturbaciones, sin alterar significativamente sus características de estructura y funcionalidad, pudiendo regresar a su estado original una vez que la perturbación haya terminado;

  30. Secretaría: Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Estado de Tamaulipas;

  31. Servicios ambientales: Condiciones y procesos a través de los cuales los ecosistemas naturales y las especies que los forman mantienen y satisfacen la vida del ser humano;

  32. Sistema Estatal: Sistema Estatal de Cambio Climático. Es el conjunto de instancias e instrumentos interdependientes que tienen como objetivo principal definir una política estatal para la adaptación y mitigación ante el cambio climático, a través de planes, programas, estrategias y coordinación entre los distintos órdenes de gobierno;

  33. Sumidero: Cualquier proceso, actividad o mecanismo que retira de la atmósfera un gas de...

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