Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
FELIPE DE JESUS CALDERON HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:
Se Expide la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores
ARTICULO UNICO. Se expide la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, para quedar como sigue:
LEY DE AYUDA ALIMENTARIA PARA LOS TRABAJADORES
ARTICULO 1o. La presente Ley tiene por objeto promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores, con el propósito de mejorar su estado nutricional, así como de prevenir las enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente y proteger la salud en el ámbito ocupacional.
Esta Ley es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de interés social.
ARTICULO 2o. Para efectos de la presente Ley se entenderá por:
I. Dieta correcta. Aquella que es completa, equilibrada, saludable, suficiente, variada y adecuada, en términos de las disposiciones que al efecto expida la Secretaría de Salud;
II. Normas. A las normas oficiales mexicanas;
III. Secretaría. A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
IV. Trabajadores. A los hombres y mujeres que prestan a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, que sus relaciones laborales se encuentren comprendidas en el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ARTICULO 3o. Los patrones podrán optar, de manera voluntaria o concertada, por otorgar a sus trabajadores ayuda alimentaria en alguna de las modalidades establecidas en esta Ley o mediante combinaciones de éstas.
Se entenderá que un patrón ha optado concertadamente por otorgar ayuda alimentaria, cuando ese beneficio quede incorporado en un contrato colectivo de trabajo.
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ARTICULO 4o. Unicamente los patrones que otorguen a sus trabajadores ayuda alimentaria en las modalidades y bajo las condiciones establecidas en el presente ordenamiento podrán recibir los beneficios fiscales contemplados en esta Ley.
ARTICULO 5o. La ayuda alimentaria tendrá como objetivo que los trabajadores se beneficien del consumo de una dieta correcta. Las características específicas de una dieta correcta serán las que la Secretaría de Salud establezca en las normas.
ARTICULO 6o. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría, definirá e instrumentará campañas nacionales, dirigidas específicamente a los trabajadores, en materia de promoción de la salud y orientación alimentaria, incluyendo mensajes para mejorar su estado nutricional y prevenir la desnutrición, el sobrepeso y la obesidad.
ARTICULO 7o. Los patrones podrán establecer esquemas de ayuda alimentaria para los trabajadores mediante cualquiera de las modalidades siguientes:
I. Comidas proporcionadas a los trabajadores en:
a) Comedores;
b) Restaurantes; o
c) Otros establecimientos de consumo de alimentos.
Los establecimientos contemplados en los incisos a), b) y c) de esta fracción podrán ser contratados directamente por el patrón o formar parte de un sistema de alimentación administrado por terceros mediante el uso de vales impresos o electrónicos, y
II. Despensas, ya sea mediante canastillas de alimentos o por medio de vales de despensa en formato impreso o electrónico.
En el marco de la presente Ley, la ayuda alimentaria no podrá ser otorgada en efectivo, ni por otros...
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- Complemento
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- Ley Federal de los Derechos del Contribuyente
- Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
- Ley del Servicio de Administración Tributaria
- Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria
- Estatuto del Servicio Fiscal de Carrera
- Acuerdo por el que se Determina la Circunscripción Territorial de las Aduanas y las Secciones Aduaneras de las Aduanas
- Acuerdo por el que se Constituyen Sedes de las Unidades Administrativas Centrales Fuera de la Ciudad de México
- Acuerdo de Delimitación Territorial de las Unidades Administrativas Desconcentradas del Servicio de Administración Tributaria
- Anexo del acuerdo de delimitación territorial de las unidades administrativas desconcentradas del servicio de administración tributaria
- Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria
- Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
- Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
- Ley de Coordinación Fiscal
- Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios
- Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos
- Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores
- Reglamento de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores
- Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica
- Tipo de Cambio para Solventar Obligaciones Denominadas en Moneda Extranjera Pagaderas en la República Mexicana 2016
- Tabla del Indice Nacional de Precios al Consumidor
- Costo Porcentual Promedio de Captación
- Salarios Mínimos
- Resolución del H. Consejo de Representantes de la Quinta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas
- Resolución por la que se da Cumplimiento a la Fracción VI del Artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo
- Consultoría Especializada
- Consultoría Especializada Subdelegaciones IMSS
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- Decreto que Compila Diversos Beneficios Fiscales y Establece Medidas de Simplificación Administrativa
- Decreto por el que se Otorgan Estímulos para Promover la Incorporación a la Seguridad Social
- Decreto por el que se Otorgan Beneficios Fiscales a quienes Tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal
- Decreto por el que se Amplían los Beneficios Fiscales a los Contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal
- Casos prácticos
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