Ley de Amnistia para el Estado de Quintana Roo

LEY DE AMNISTIA PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Número 191 Extraordinario del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el miércoles 22 de diciembre de 2021.

DECRETO NÚMERO: 181

POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE AMNISTÍA PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO.

LA HONORABLE XVI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO,

D E C R E T A :

ÚNICO. Se expide la Ley de Amnistía para el Estado de Quintana Roo, para quedar como sigue:

LEY DE AMNISTÍA PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO

Artículo 1 La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general y obligatoria en el Estado de Quintana Roo.

Tiene por objeto establecer las bases para decretar Amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme ante los Tribunales del Estado de Quintana Roo, siempre que no sean reincidentes respecto al delito por el que están siendo indiciadas, imputadas o sentenciadas.

La aplicación de esta ley será respecto de los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la misma.

Artículo 2 Son autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley, en los términos que la misma señala y en el ámbito de sus facultades y atribuciones, las siguientes:
  1. El Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo;

  2. El Poder Judicial del Estado de Quintana Roo;

  3. La Fiscalía General del Estado de Quintana Roo.

Artículo 3 Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
  1. Código Penal: Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.

  2. Fiscalía General: Fiscalía General del Estado de Quintana Roo.

  3. Secretaría de Gobierno. Secretaría de Gobierno del Estado de Quintana Roo.

  4. Integrante de un pueblo o comunidad indígena: Persona que pertenece a una comunidad o integrantes de un pueblo originario en los términos reconocidos por el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales en la materia, así como en el artículo 4 de la Ley de Derechos, Cultura y Organización Indígena del...

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