Ley Aduanera. VII-P-1aS-524
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-524
AGENTE ADUANAL. RESPONSABLE DIRECTO DE LA VERA-
CIDAD Y EXACTITUD DE LOS DATOS ASENTADOS EN EL PE-
DIMENTO DE IMPORTACIÓN Y/O EXPORTACIÓN CUANDO SE
TRATE DE MERCANCÍA DE FÁCIL IDENTIFICACIÓN.- De con-
formidad con lo dispuesto en los artículos 54 primer párrafo y 195 de la Ley
Aduanera, el agente aduanal es responsable de la veracidad y exactitud de los
mercancías; así como de los documentos que acrediten el cumplimiento de
las obligaciones no arancelarias respecto de una importación y/o exportación
y, en caso de no cumplir con sus funciones, se le impondrá multa por las
infracciones que se pudieran cometer durante el despacho aduanero, siem-
pre y cuando no se actualice ninguna de las excluyentes de responsabilidad
contenidas en el segundo párrafo del artículo 54 de la Ley Aduanera. De
de conocimientos técnicos, ni que la misma sea sometida a un análisis
no serán responsables directos de los datos asentados en el pedimento de
importación y/o exportación, pues el agente aduanal tiene la obligación de
mercancía que se trata de importar o exportar al territorio nacional, siendo
este último el responsable directo de los datos que se asienten erróneamente
en el pedimento.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3210/11-03-01-5/411/12-S1-02-
03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7 de febrero de 2013, por
unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby
Genel.- Secretario: Lic. Juan Pablo Garduño Venegas.
(Tesis aprobada en sesión de 7 de marzo de 2013)
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