PROY-NOM-183-SCFI-2011: Producto Lácteo y Producto Lácteo Combinado-Denominaciones, Especificaciones Fisicoquímicas, Información Comercial y Métodos de Prueba.
Dependencia | Secretaría de Comunicaciones y Transportes |
Clave | PROY-NOM-183-SCFI-2011 |
Tipo de norma | Proyecto |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-183-SCFI-2011, "PRODUCTO LACTEO Y PRODUCTO LACTEO COMBINADO-DENOMINACIONES, ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS, INFORMACION COMERCIAL Y METODOS DE PRUEBA".
CHRISTIAN TUREGANO ROLDAN, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio (CCNNSUICPC), con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracción XII, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 de su Reglamento; artículos 19 fracciones I, XIV, XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y artículo 4 fracción I de las Reglas de Operación del CCNNSUICPC, expide para consulta pública el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-183-SCFI-2011, "Producto lácteo y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba", a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el CCNNSUICPC, ubicado en avenida Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México, teléfono 57 29 93 00, Ext. 43222, Fax 55 20 97 15, o bien a los correos electrónicos paola.martinez@economia.gob.mx; maria.medinam@economia.gob.mx y/o salvador.franco@economia.gob.mx, para que en los términos de la Ley de la materia se consideren en el seno del Comité que lo propuso.
México, D.F., a 28 de noviembre de 2011.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, Christian Turégano Roldán.- Rúbrica.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-183-SCFI-2011, "PRODUCTO LACTEO Y PRODUCTO LACTEO COMBINADO-DENOMINACIONES, ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS, INFORMACION COMERCIAL Y METODOS DE PRUEBA"
PREFACIO
En la elaboración del presente proyecto de norma oficial mexicana participaron las siguientes instituciones:
· SECRETARIA DE ECONOMIA
Dirección General de Normas
· PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor
· SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
Coordinación General de Ganadería
INDICE
OBJETIVO
CAMPO DE APLICACION
REFERENCIAS
DEFINICIONES
SIMBOLOS Y ABREVIATURAS
DENOMINACION COMERCIAL Y CLASIFICACION
ESPECIFICACIONES
METODOS DE PRUEBA
INFORMACION COMERCIAL
EVALUACION DE LA CONFORMIDAD
VERIFICACION Y VIGILANCIA
APENDICE NORMATIVO "A
BIBLIOGRAFIA
CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES
APENDICE INFORMATIVO "A"
TRANSITORIOS
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Objetivo
El presente proyecto de norma oficial mexicana establece las denominaciones comerciales de los diferentes tipos de producto lácteo y producto lácteo combinado, que se comercializan dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como las especificaciones fisicoquímicas que deben reunir esos productos para ostentar dichas denominaciones, los métodos de prueba para demostrar su cumplimiento y la información comercial que deben contener las etiquetas de los envases que los contienen.
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Campo de aplicación
El presente proyecto de norma oficial mexicana es aplicable a los diferentes tipos de producto lácteo y producto lácteo combinado, que se comercializan dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, cuya denominación comercial debe corresponder a las establecidas en este proyecto de norma oficial mexicana.
Para los fines de este proyecto de norma oficial mexicana, los productos comprendidos en su campo de aplicación, no podrán denominarse a partir de su nombre de uso común, de una descripción de acuerdo a las características básicas de su composición y naturaleza o cualquier otro análogo.
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Referencias
Para la correcta aplicación de este proyecto de norma oficial mexicana se deben consultar las siguientes normas oficiales mexicanas y normas mexicanas vigentes:
NOM-002-SCFI-1993, Productos preenvasados. Contenido neto. Tolerancias y métodos de verificación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 1993.
NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 1993.
NOM-030-SCFI-2006, Información comercial. Declaración de cantidad en la etiqueta. Especificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2006.
NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2010.
NOM-086-SSA1-1994, Bienes y servicios. Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificación en su composición. Especificaciones nutrimentales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1996.
NOM-116-SSA1-1994, Bienes y servicios. Determinación de humedad en alimentos por tratamiento térmico. Método por arena o gasa, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 1995.
NOM-243-SSA1-2010, Productos y servicios. Leche, fórmula láctea, producto lácteo combinado y derivados lácteos. Disposiciones y especificaciones sanitarias. Métodos de prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2010.
NMX-F-744-COFOCALEC-2011, Sistema Producto Leche-Alimentos-Lácteos-Determinación de grasa butírica en leche en polvo y productos de leche en polvo-método de prueba gravimétrico (Método de referencia) (Cancela a la NMX-F-210-1971). Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2011.
NMX-F-490-1999-NORMEX, Alimentos-Aceites y grasas-Determinación de la composición de ácidos grasos a partir de C6 por cromatografía de gases. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 1999.
NMX-F-737-COFOCALEC-2010, Sistema producto leche-alimentos-lácteos-Determinación de la densidad en leche fluida y fórmula láctea-Método de prueba (Esta norma mexicana cancela a la NMX-F-424-S-1982). Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 2010.
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Definiciones
Para efectos del presente proyecto de norma oficial mexicana, aplican las definiciones siguientes:
4.1 Aditivo
Cualquier substancia permitida que, sin tener propiedades nutritivas, se incluya en la formulación de los productos y que actúe como estabilizante, conservador o modificador de sus características organolépticas, para favorecer ya sea su estabilidad, conservación, apariencia o aceptabilidad.
4.2 Adulteración
Cuando la naturaleza o composición del producto lácteo o del producto lácteo combinado, no corresponda a aquellas con las que se denomine, etiquete, anuncie, suministre o cuando no corresponda a las especificaciones establecidas en este proyecto de norma oficial mexicana, o cuando el producto lácteo o el producto lácteo combinado, hayan sido objeto de tratamiento que disimule su alteración o encubran defectos en su proceso o en la calidad sanitaria de las materias primas utilizadas.
4.3 Agua para uso y consumo humano
Aquella que no contiene contaminantes objetables ya sean químicos o agentes infecciosos y que no causa efectos nocivos al ser humano.
4.4 Alimento
Cualquier sustancia o producto, sólido, semisólido, natural o transformado, que proporciona al organismo elementos para su nutrición.
4.5 Almacenamiento
Acción de guardar, reunir en una bodega, local, silo o sitio específico, el producto lácteo y el producto lácteo combinado, para su conservación, custodia, suministro, futuro procesamiento o venta.
4.6 Azúcares
Todos los monosacáridos y disacáridos presentes en un alimento o bebida no alcohólica.
4.7 Caseína
Es el producto obtenido de la coagulación de las proteínas de la leche por la acción de agentes coagulantes en la leche, ya sean de origen biológico (enzimas y cultivos de bacteria lácticas) o químicos (ácidos); la cuajada así obtenida es sometida a los procesos de lavado con agua potable, pasteurización y deshidratación entre otros.
4.8 Colorante
Sustancia natural o sintética que imparte color a los alimentos, tales como tartracina, eritrosina, betacaroteno y extractos de origen vegetal.
4.9 Concentración
Proceso por el que se disminuye la cantidad de agua del producto lácteo o el producto lácteo combinado, manteniendo una cierta cantidad de humedad por el proceso de evaporación, ósmosis inversa, ultrafiltración, adición de sólidos lácteos u otros procesos.
4.10 Consumidor
Persona física o moral que adquiere o disfruta como destinatario final productos alimenticios y bebidas no alcohólicas preenvasados.
4.11 Contenido
Cantidad de producto preenvasado que por su naturaleza puede cuantificarse para su comercialización, por cuenta numérica de unidades de producto.
4.12 Contenido neto
Cantidad de producto lácteo o producto lácteo combinado preenvasada que permanece después de que se han hecho todas las deducciones de tara cuando sea el caso.
4.13 Declaración de propiedades nutrimentales
Cualquier texto o representación que afirme, sugiera o implique que un alimento o bebida no alcohólica preenvasado tiene propiedades nutrimentales particulares, no sólo en relación con su valor energético, o contenido de: proteínas, grasas o lípidos, carbohidratos o hidratos de carbono, o contenido de vitaminas y nutrimentos inorgánicos (minerales).
No constituye declaración de propiedades nutrimentales:
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La mención de sustancias en la lista de ingredientes ni la denominación o marca del producto preenvasado;
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La mención de nutrimentos como parte obligatoria del etiquetado nutrimental, cuando la adición del mismo sea obligatoria;
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La declaración cuantitativa o cualitativa en la etiqueta de propiedades nutrimentales de...
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