La justicia reforma al Estado

AutorEmilio Rabasa Gamboa

Los trabajos de la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos del Congreso de la Unión (CENCA), creada mediante la Ley para la Reforma del Estado, llegan a su fin con dos productos de singular importancia: la reforma electoral y sobre todo la reforma al sistema de justicia en México a nivel federal.

Desgraciadamente, la visión generalizada que se tiene de la segunda ha sido deformada por el peso de tan sólo uno de sus componentes, el de seguridad y que incluye la definición demasiado amplia de delincuencia organizada, y medidas como el cateo, intervenciones telefónicas y el arraigo hasta por 40 días, entre otras. Todas ellas motivadas por la actual guerra contra el narcotráfico, el crimen organizado y el terrorismo, y las que generaron mayor controversia pública, al grado de que los legisladores debieron acotar algunas y de plano suprimir otras, como la del allanamiento de morada sin orden judicial.

Pero la parte más rica de esta reforma, y la menos conocida, es el otro componente que se refiere al nuevo sistema de justicia acusatorio-oral que va a sustituir el ya anacrónico, lento y bastante corrupto sistema inquisitivo-escrito.

Sería demasiado extenso pretender destacar en un espacio corto todas las bondades y beneficios de esta iniciativa ciudadana, promovida por la RED de juicios orales. Baste tan sólo destacar que el sistema oral impide a toda costa que el mismo juez que dicta la orden de aprensión, y el auto de formal prisión, sea el que dicte la sentencia, por lo que habrá dos jueces, uno de control y otro de juicio propiamente dicho. Que ninguna audiencia tendrá validez sin la presencia del juez (y no de un secretario como actualmente acontece), que el acusado tiene derechos que defender en igualdad de circunstancias que...

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