La justicia

AutorEdgar Bodenheimer
Páginas56-71
III. LA JUSTICIA
8. El significado de la justicia
EL PROBLEMA de la justicia está íntimamente relacio-
nado con el de igualdad en la vida social humana.
1
Jus-
ticia quiere decir tratamiento igual de los iguales. La
realización de la justicia exige que dos situaciones en
las cuales las circunstancias relevantes son las mis-
mas, sean tratadas en forma idéntica.
Esta definición de la justicia puede aclararse con un
ejemplo. El padre de dos muchachos les prohíbe que
trepen a un árbol. Una tarde se da cuenta de que uno
de ellos está sentado en la copa del árbol. Le castiga a
no salir de su habitación. Pocos días después es el otro
muchacho el que trepa y también es sorprendido por
el padre, pero éste no le castiga. En esas circunstan-
cias ambos muchachos tienen claramente el senti-
miento de que su padre ha actuado injustamente.
Como ambos hacían lo mismo, la justicia exigía que
ambos recibiesen el mismo castigo.
“Tratar a hombres iguales, en circunstancias igua-
les, de modo igual”, es el primero y más importante de
los mandamientos de la justicia. Pero este manda-
miento implica también que hombres y situaciones
56
1
De acuerdo: Husserl, “Justice” (1937), International Journal
of Ethics, vol. 47, pp. 271 ss.; Pollock, A First Book of Jurisprudence,
6a. ed. (1929), p. 37; Mackenzie, Outlines of Social Philosophy
(1918), p. 177; Ward, Applied Sociology (1906), p. 22; Radbruch,
Rechtsphilosophie, 3a. ed. (1932), p. 72. [Hay trad. española de
José Medina Echavarría, Madrid, 1933.]
desiguales sean tratados desigualmente. Por ejemplo,
un juez que condena a la misma pena a dos hombres
que han cometido infracciones de magnitud y grave-
dad muy distintas puede ser tan injusto como un juez
que castiga de modo diferente a dos hombres que han
cometido el mismo delito en condiciones y circuns-
tancias casi idénticas.
Describir la justicia como el trato igual de los igua-
les es dar una definición de carácter muy general.
Deja planteada la pregunta de qué personas han de
ser consideradas como iguales y en qué circunstancias
ha de considerarse que sus actos merecen igual trato.
La pregunta será contestada de modo distinto por dife-
rentes hombres, por diferentes naciones y en las dis-
tintas épocas de la historia. En sentido estricto y abso-
luto apenas existe la igualdad en la naturaleza y en la
vida humana. No hay dos personas que piensen, se
comporten y actúen de idéntica manera. No hay dos
situaciones totalmente parejas. El término igualdad
denota siempre una igualdad aproximada. “La igual-
dad es siempre una abstracción, desde un punto de
vista determinado, de una desigualdad dada” —dice
Radbruch.
2
Cuando dos personas o cosas son consideradas como
iguales se estima insignificante e inesencial alguna di-
ferencia existente entre ellas. Sin embargo, la cuestión
de si alguna diferencia real debe o no estimarse como
insignificante e irrelevante, puede ser motivo de con-
troversia y de diferencia de opinión. En la Alemania
de Hitler no se permite a una persona de origen judío
conducir un automóvil o pasear por las calles princi-
pales de una ciudad. En la mayor parte de los países
se estima que es un factor totalmente irrelevante con
57
2
Radbruch, loc. cit.

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