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Tips Fiscales
JURISPRUDENCIASYTESISRECIENTES
FISCALES
MULTAS ADMINISTRATIVAS,SON APROVECHAMIENTOSY
LASUSPENSIÓNCONTRASUCOBRODEBEGARANTIZAR-
SECONFORMEALARTÍCULO135DELALEYDEAMPARO.
Elpreceptoencitadisponequecuandosepidaamparocon-
tra el cobro de contribuciones y aprovechamientos,podrá
concedersediscrecionalmentelasuspensión delactorecla-
mado,lacualsurtirásusefectospreviodepósitodeltotalen
efectivodelacantidadanombredelaTesoreríadelaFede-
raciónodelaEntidadFederativaoMunicipiocorrespondien-
te,debiendo cubrirel montode las contribuciones,aprove-
chamientos,multasyaccesoriosque selleguenacausar,a
findeasegurarelinterésfiscal.Ahorabien,noobstanteque
lasmultasadministrativasconstituyenaprovechamientos,en
términosdelodispuestoen elartículo3o.delCódigoFiscal
dela Federación, lo cierto es queadquieren la naturaleza
decréditosfiscales,exigiblesporendemediante elprocedi-
mientoadministrativodeejecución,conformealosar tículos
4o.y145del indicadoCódigo,a modotalque alsolicitarse
lasuspensión al promoverseel juiciode amparo contrasu
cobro,elinterés fiscaldebe garantizarsecomo loseñala el
artículo135 delaLeyde Amparo,conexcepciónde losre-
cargosque,en términosdel artículo21, párrafonovenodel
CódigoFiscal de laFederación, no segeneran. Estaregla
eslaaplicableenestoscasos,conindependenciadelodis-
puestoporotrospreceptosdelaLeydeAmparoqueregulan
formasdistintasdegarantía.
Novena Época Instancia:Segunda Sala Fuente: Semana-
rio Judicial de la Federacióny su Gaceta XXVIII, Octubre
de2008 Página: 445Tesis:2a./J.138/2008 Jurisprudencia
Materia(s):Administrativa
COMPETENCIADE LAS AUTORIDADESADMINISTRATIVAS.
LACITAERRÓNEADELPÁRRAFOINVOCADOPARAFUNDA-
MENTARLANOAFECTALASDEFENSASDELPARTICULAR,
SI EN EL ACTORELATIVOSE MENCIONAN LA FRACCIÓN
YLOS INCISOS DEL PÁRRAFOQUE,CON MOTIVODE SU
MODIFICACIÓN,CAMBIARONDELUGAR.
Ladebidafundamentacióndelosactosdeautoridadqueexi-
geel artículo 16de laConstitución Políticade los Estados
UnidosMexicanos consisteen precisarexhaustivamentela
competenciadela autoridad,citando alefecto lanormativa
queleotorgalegitimaciónensu actuación,detalmodoque
si se trata de una norma compleja, tendrán que indicarse
ladisposición, elapar tado,lafracción, el incisoo incisosy
subincisosrespectivos, loque nosucede cuando lanor ma
esgenérica.Además, lafinalidad de estevalorconstitucio-
nalesbrindar alparticular certezaencuanto alaautoridad
queocasiona elacto demolestia ya lospreceptos en que
fundasuproceder,paraque,alconocerlos,sedefiendacon
los medios legales existentes.Ahora bien, si una cláusula
deun Conveniode ColaboraciónAdministrativaen Materia
FiscalFederal, como sucedecon la séptima delcelebrado
entreelGobierno Federalporconducto delaSecretaría de
HaciendayCréditoPúblicoyelGobiernodelEstadodeGua-
najuato,publicado en el Diario Oficial de la Federación el
22de noviembre de 1996, es modificada porla supresión
deunode suspárrafos,loque enel casoocurriómediante
decretopublicadoenelindicado mediodedifusión oficialel
7deenerode2000,loconsecuenteesquesealtereelorden
delosdemáspárrafosquelaconforman,demaneraquesiel
actodeautoridadsefundaendichacláusulayenlafracción
aplicable,pero por error o equivocación se cita o mencio-
nael orden o lugar del párrafosuprimido, debiendo ser el
actual,ello no implicainfracción ala garantía dela debida
fundamentaciónniafectaladefensadelgobernado,sielacto
deautoridadrefiereo citalafracciónylos incisosqueesta-
blecenlasfacultades respectivas,que antescorrespondían
alpárrafo quecambió de orden,pues tal contenido nofue
modificado,yaqueelparticularpodráconocerlospreceptos
quele otorgancompetencia a laautoridad, estando asíen
aptituddedefendersecomoestimepertinente.
Contradicciónde tesis 127/2008-SS.Entrelas sustentadas
por el Segundo y el PrimerTribunales Colegiados,ambos
en Materias Administrativay de Trabajodel Décimo Sexto
Circuito.17 de septiembre de 2008.Cinco votos. Ponente:
GenaroDavidGóngoraPimentel.Secretario:RolandoJavier
GarcíaMartínez.
Novena Época Instancia:Segunda Sala Fuente: Semana-
rio Judicial de la Federacióny su Gaceta XXVIII, Octubre
de2008 Página: 441Tesis:2a./J.141/2008 Jurisprudencia
Materia(s):Administrativa
LABORALES
SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA DE
TRABAJO.OPERA EN FAVORDELTRABAJADOR CUANDO
EL ACTORECLAMADO AFECTE ALGÚN INTERÉS FUNDA-
MENTALTUTELADOPORELARTÍCULO123DELACONSTI-
TUCIÓNFEDERAL.
Alestablecerel artículo 76bis delaLey deAmparo lashi-
pótesisenque seaplica lasuplencia delaqueja deficiente
encadaunadelasmater iasenlasqueprocedeel juiciode
amparo,precisaque en materiade trabajodicha suplencia
sólooperaafavordeltrabajador.Así,paraestablecercuán-
doenun juiciode amparoenesta materiadebe suplirsela
queja deficiente de los planteamientos formulados en los
conceptosdeviolacióndelademandadeamparo,obien,de
losagraviosexpresadosenelrecursocorrespondiente,debe
atendersepreferentemente a doselementos, a saber:1) a
lacalidaddelsujetoquepromueveelamparoointer poneel
recurso,quiendebesertrabajador;y,2)alanaturalezajurídi-
cadelactoreclamadomateriadelacontroversiaeneljuicio
degarantías,quesedeterminapor elbienjurídicoointerés
fundamentalque se lesionacon dicho acto,es decir,debe
afectar directa e inmediatamente alguno de los derechos
fundamentalesconsagrados enel artículo 123de la Cons-
tituciónFederalquesurgen dela relaciónobrero-patronaly
susconflictos.Deestamanera,paraqueelórganodecontrol
constitucionalestéobligadoa aplicarlainstitución delasu-
plenciadeladeficiencia delaqueja, sólodebeatendersea
losdoselementosanteriores,sinimportar elorigendelacto
reclamado,esdecir,siderivadeunconflictoobrero-patronal,
deun acto administrativo, deuna ley o de un reglamento,
porloquesien elcaso,untrabajadorimpugnaun actoque
afectaunbienjurídicoointerésfundamentalconsagradoen
su favorpor las normas constitucionales, como lo son las
garantíasmínimas de seguridad social previstasen la Ley
delInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de losTra-
bajadoresdelEstado,debeconcluirsequeprocede suplirla
deficienciadelaqueja.
NovenaÉpocaInstancia: PlenoFuente:Semanario Judicial
delaFederaciónysuGacetaXXVIII,Octubrede2008Pági-
na:63Tesis:P./J.105/2008JurisprudenciaMateria(s):Cons-
titucional,laboral
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