Jurisprudencias de la SCJN relativas al IETU

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El 1o. de enero de 2008 entró en vigor la Ley del IETU, la cual se publicó en el DOF el 1o. de octubre de 2007; esta ley obliga el pago de dicho impuesto a las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional, así como a los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, que realicen las siguientes actividades:

Enajenación de bienes

Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes

Prestación de servicios independientes

Asimismo, en el DOF del 5 de noviembre de 2007 se dio a conocer el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única, el cual, como su nombre lo indica, considera diversos beneficios o estímulos que pueden aplicarse contra el IETU o el ISR a cargo de los contribuyentes de tales gravámenes.

En relación con la Ley del IETU y con el decreto referido, una gran cantidad de contribuyentes (más de 30,000) solicitaron el amparo de los tribunales contra tal gravamen, pues consideraron que violaba los diferentes principios tributarios contenidos en la CPEUM.

Debido a tales demandas, se crearon dos juzgados de distrito especializados para resolver los juicios, los cuales fueron despachados en su totalidad y negaron el amparo a los contribuyentes quejosos.

En razón de las sentencias no favorables, los contribuyentes inconformes interpusieron el recurso de revisión en su contra. Al respecto, el pleno de la SCJN ejerció sus facultades de atracción (acuerdo 6/2008 del 23 de abril de 2008) con objeto de emitir las resoluciones definitivas y sentar...

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