Tesis Jurisprudencial, (Tesis num. 326 de Tercera Sala (Reiteración))

Número de registro913268
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaCivil

La presentación de la demanda interrumpe la prescripción, por la consideración de que no es culpa del actor, después de haber hecho una manifestación de no dejar dormido su derecho frente al deudor, ni le es imputable, la tardanza o dilación de hacer el emplazamiento, porque esa es ya cuestión de la autoridad.

Séptima Época:


Amparo civil directo 449/52.-Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.-24 de agosto de 1953.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo directo 4189/57.-Compañía de Fianzas Lotonal, S.A.-19 de febrero de 1960.-Cinco votos.-Ponente: J.L.L..


...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR