Tesis Aislada, (Tesis num. 611 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro901284
MateriaConstitucional

Es inoperante el concepto de violación en el que se reclama la inconstitucionalidad de los Códigos Civil y de Procedimientos Civiles por haber sido expedidos por el gobernador del Estado de Veracruz el 20 de septiembre de 1932, en uso de facultades extraordinarias concedidas por el Congreso del propio Estado, el 4 de julio de 1931, mediante el cual éste otorgó al titular del Poder Ejecutivo dichas facultades extraordinarias, por lo que debe entenderse que el quejoso al no impugnar dicho decreto acepta tácitamente la constitucionalidad del mismo, es decir, la concesión al gobernador de las facultades extraordinarias para expedir los Códigos Civil y de Procedimientos Civiles.

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