Tesis Aislada, , 1 de Diciembre de 1988 (Tesis de Tercera Sala, 01-12-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1988
Fecha01 Diciembre 1988
Número de registro207449
Localizador8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; II, Primera Parte, Julio a Diciembre de 1988; Pág. 196
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

Conforme al párrafo sexto del artículo 27 constitucional, las aguas del subsuelo son inalienables e imprescriptibles, sólo que al ser un recurso natural, su uso o aprovechamiento por los particulares o por sociedades mexicanas constituidas conforme a las leyes mexicanas, se puede llevar a cabo mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.

Amparo en revisión 1898/87. Vidriera Los R., S.A. 24 de octubre de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.A.G.. Ausente: S.H.C.G...

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