Tesis Aislada, , 1 de Agosto de 1991 (Tesis num. 3a. XXX/91 de Tercera Sala, 01-08-1991 (Tesis Aisladas))

Número de registro206940
Número de resolución3a. XXX/91
Fecha de publicación01 Agosto 1991
Fecha01 Agosto 1991
Localizador8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; VIII, Agosto de 1991; Pág. 91
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Mercantil y de la Empresa

Es inexacto que el presidente del consejo de administración de una sociedad mercantil, por el solo hecho de su nombramiento, tenga la facultad de representar a la sociedad en razón de otorgarle la ley esa atribución. Del contenido de los artículos 10, 142, 143 y 148 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se desprende que la representación legal de dichas personas morales corresponde al administrador único, cuando ha sido éste el sistema adoptado en el contrato social, o al consejo de administración como órgano colegiado; mientras que la representación que del consejo recae en su presidente únicamente se refiera a la ejecución de acuerdos del propio consejo en caso de que no se haya hecho la designación de un delegado especial para tal efecto. Por tanto, si la empresa cuenta con un...

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