Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239934
MateriaCivil

Es inexacto que el artículo 475 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero sea violatorio de garantías y en particular de las de audiencia y de existencia de juicio previo en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento, conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho, consagradas por el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que permite acto seguido a la prosecución formal de un juicio sumario de desahucio en el que la parte actora obtuvo resolución favorable en primera instancia, el que ésta se pueda ejecutar sin otorgamiento de fianza y aunque se encuentre pendiente el recurso de apelación ante el tribunal de alzada, toda vez que la demandada tuvo oportunidad de defenderse, así como de ser oída y vencida con el fin de que se decidiere la controversia mediante sentencia que definió el derecho de las partes contendientes, antes de afectársele en sus intereses o derecho de posesión. Además, si el órgano legislativo del Estado de Guerrero prescindió de que se otorgare fianza para lograr la ejecución de la sentencia de desahucio, apelable sólo en el efecto devolutivo, ello de ninguna...

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