Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro240032
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

En términos del artículo 3o. de la Ley de Amparo, el impulso del procedimiento cuya carga corresponde al quejoso debe hacerse mediante promociones por escrito, que son las eficaces para interrumpir la caducidad, pues las gestiones verbales formuladas ante el secretario de estudio y cuenta respectiva, no dejan constancia en el expediente, de las que tengan conocimiento las otras partes; además, aunque se acreditara en autos que se llevaron a cabo esas "entrevistas" o gestiones verbales de los interesados e independientemente del resultado de las mismas, no son actos que impulsen el procedimiento o que interrumpan la caducidad, pues legalmente no excitan al órgano jurisdiccional para dictar sentencia, dado que no compete a dichos secretarios la sustanciación del juicio de garantías, ni están facultados para ordenar que se dicte la sentencia correspondiente, es decir, no constituyen el tribunal...

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