Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro240532
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

La fracción I del artículo 104 constitucional establece, en su primer párrafo y parte conducente, que corresponde a los tribunales de la Federación conocer de todas las controversias del orden civil o criminal que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de las leyes federales o de tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano, agregando que, cuando dichas controversias sólo afecten intereses particulares, podrán conocer de ellas, a elección del actor, los jueces y tribunales del orden común de los Estados y del Distrito Federal. Del citado precepto constitucional se advierte que, para que corresponda la jurisdicción a los tribunales de la Federación, se hace necesario que se den los siguientes requisitos: 1. Que se trate de controversias de carácter civil o penal, 2. Que se suscite sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de tratados internacionales. De manera que tratándose en un caso de un juicio ordinario civil en el que se ejercita la acción reivindicatoria en contra de particulares y de un ejido dotado por resolución presidencial con parte de las tierras propiedad del demandante, en principio, debe determinarse la naturaleza del bien, es decir, si es ejidal o no, el carácter de los demandados y sus derechos, conforme a la Ley de Reforma Agraria, de donde resulta que es el Juez Federal quien tiene competencia para ello, dado que habrá de aplicar una ley federal y, posteriormente, decidir si esos terrenos fueron invadidos o no por los ejidatarios. En consecuencia, para resolver dicha controversia deberán aplicarse, en todo caso, legislaciones de carácter federal, como lo son el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal de la...

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