Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro240579
MateriaCivil

Si del acta de nacimiento cuya rectificación se solicita se acredita que una persona fue presentada al Registro Civil para el levantamiento de la misma, sólo por su progenitor, quien manifestó que era hija suya nacida fuera de matrimonio, procreada con la mujer cuyo nombre quedó asentado, a pesar de lo preceptuado en el artículo 385 del Código Civil para el Estado de Oaxaca, es indiscutible que para poder dilucidar si procede o no la rectificación de dicha acta en los términos solicitados, es decir, en el sentido de sustituir el segundo apellido de la registrada que se asentó y que corresponde al apellido materno del padre, por el apellido de la progenitora, debía oírse tanto a dicho progenitor, como a la persona que figura como madre de la registrada, en el acta de su nacimiento, pues la mencionada modificación podía parar perjuicio a dichas personas; a la primera, es decir, al progenitor, por haber sido a petición de quien se asentó el nombre de la registrada en los términos que aparece, en tanto que a la segunda, por virtud de que en los términos en que se enderezó la demanda en el...

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