Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro269506
MateriaCivil

En el divorcio voluntario, los cónyuges no tienen derecho a percibir alimentos, salvo pacto en contrario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 288 del Código Civil del Distrito Federal. Entonces, los alimentos estipulados por convenio entre los cónyuges, en el divorcio voluntario, no se rigen por las disposiciones relacionadas con los alimentos legales, sujetos a principios de interés social, pues deben considerarse como una liberalidad, derivada de la sola voluntad de las partes, y quedan sujetos en lo que se refiere a su interpretación y cumplimiento, en los términos del artículo 1759, in fine, del Código Civil, a las disposiciones legales que reglamentan el contrato con el que tengan mayor...

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