Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro272001
MateriaCivil

No existe oposición entre lo dispuesto por el artículo 3o., transitorio del Decreto de 24 de diciembre de 1948 y lo establecido por los artículos 2452, 2483, fracción I, y 2489, fracción I, del Código Civil, porque estos preceptos de la ley civil establecen la forma de cumplirse el contrato de arrendamiento, y los del decreto se refieren a la forma y condiciones en que debe ejercitarse la acción rescisoria por falta de pago, supeditándola a que sean tres meses los adeudados y concediendo al inquilino la gracia de destruir la acción mediante el pago.

Amparo directo 4549/58. A.R.F.. 15 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: M.R.S..

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR