Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro272203
MateriaCivil

De acuerdo con el artículo 12 del Código de Procedimientos Civiles, para interponer una demanda o contradecirla, es necesario tener interés jurídico en la misma, el cual es condición del ejercicio y de la procedencia de la acción, y sin él no debe actuar el órgano jurisdiccional; su estudio y decisión puede provocarlo la parte demandada y debe analizarlo de oficio el juzgador; así se desprende del artículo 48 de dicha ley procesal, al estatuir que el demandado podrá denunciar al J. y hacer valer como excepciones requisitos procesales necesarios para que el juicio tenga existencia jurídica y validez formal, y además todos ellos pueden hacerse valer o mandarse subsanar de oficio por el J., sin necesidad de requerimiento de parte, cuando tengan conocimiento de los mismos; la observancia de ese precepto es de orden público, de acuerdo con el artículo...

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