Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro363265
MateriaCivil,Derecho Civil

Si bien la legislación de Yucatán previene que para que proceda la venta de la cosa común, cuando no admite cómoda división y los partícipes no se convengan en lo que ha de ser adjudicado a cada uno de ellos, debe acreditarse que se han llenado esos requisitos, los que deberán discutirse y decidirse mediante la acción communi dividundo, también lo es que si se fija la atención en lo que dispone el precepto relativo, se verá que el legislador quiso obviar trámites y evitar, en lo posible, la substanciación de un juicio innecesario, puesto que establece un procedimiento de jurisdicción voluntaria, autorizando a cualquier copartícipe para que solicite la venta; pero como esa solicitud tiene que hacérseles saber a los demás, es evidente que cualquiera de los otros interesados puede oponerse a la petición, convirtiendo el asunto en contencioso, siendo entonces cuando debe substanciarse la acción communi dividundo, ya que, conforme al artículo 14 constitucional, a...

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