Tesis Aislada, (Tesis num. 61 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro387693
MateriaCivil

Dentro de los requisitos para la creación y forma de la letra de cambio, dada su naturaleza de título de crédito, debe contener, entre otros, la intervención del girador, del girado y el nombre de la persona a quien deba hacerse el pago; sólo en determinados casos girador y beneficiario, o girador y aceptante, pueden ser la misma persona, pues la fracción VII del artículo 76 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, sólo establece que la letra de cambio debe contener la firma del girador o de la persona que la suscriba a su ruego o en su nombre; el artículo 82 de mismo ordenamiento, por su parte, sólo contempla la posibilidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR