Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro387758
MateriaCivil,Derecho Civil

La fracción II del artículo 360 del Código Civil vigente en el Estado de Morelos, establece como causa de divorcio el hecho de que una mujer de a luz, durante el matrimonio, un hijo concebido antes de celebrarse ese contrato y que judicialmente sea declarado ilegítimo. La declaración judicial a que se refiere dicho precepto sólo puede emitirse mediante sentencia dictada en el juicio donde se hubiera debatido si el hijo debe o no reputarse como ilegítimo, con la intervención del padre y de la madre, pero no en un procedimiento ajeno a esa cuestión, porque ello afectaría la estabilidad misma de la familia.

Amparo directo 5372/55. G.N.E.. 15 de...

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