Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro345403
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal

El artículo 423 del Código de Procedimientos Civiles de Michoacán preceptúa que entablada la demanda, no se admitirán al actor otros documentos que los que fueran de fecha posterior, a menos que proteste que no tenía conocimiento de ellos, si fueren anteriores. Ahora bien, si en el amparo interpuesto contra la sentencia definitiva, se reclama la violación de dicho precepto, porque se admitieron durante el juicio los documentos justificativos de la acción ejercitada, como pruebas de la misma; pero el quejoso no hizo la reclamación que establece el artículo 161 de la Ley de Amparo, no obstante que el caso queda comprendido en la fracción XI...

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