Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro348655
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 213 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, se refiere a resoluciones dictadas prejudicialmente respecto al depósito de personas, y no a las pronunciadas en esa materia, después de iniciado el juicio de divorcio. Ahora bien, si la reclamación de la madre para que el depósito de sus hijos se constituyera en su poder, por ser menores de cinco años, se formuló después de haber presentado el padre la demanda de divorcio, y de dicha reclamación se corrió traslado al actor en el mencionado juicio de divorcio y ambas partes rindieron pruebas, debe estimarse que se tramitó un verdadero incidente y que la resolución que en él se dictó, tiene el carácter de interlocutoria y era apelable, de acuerdo con el artículo 691 del código citado...

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