Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro356852
MateriaCivil

Los actos procesales de jurisdicción voluntaria son aquellos en que por disposición de la ley o por solicitud de los interesados, se requiere la intervención del juez, sin que esté promovida ni se promueva controversia alguna entre partes determinadas, lo que implica que en tales diligencias se busca principalmente la autenticidad de determinados actos, en perspectiva de asegurar los derechos que de ellos puedan dimanar; pero no tienen la extensión ni el contenido jurídico que los actos procesales de la jurisdicción contenciosa, porque éstos se realizan frente a las partes y van fincando situaciones jurídicas, a medida que se desarrolla el procedimiento, hasta culminar con la sentencia ejecutoria, que es la verdad legal, y produce la acción o excepción de la cosa juzgada; por ello es que los códigos procesales de la República, incluyen en su articulado disposiciones en el sentido de que las decisiones dictadas en la vía de jurisdicción voluntaria, pueden ser alteradas, reformadas o revocadas, sin sujeción a las reglas del procedimiento contencioso en el que se pueden intentar los recursos procedentes y discutir la eficacia de una resolución judicial; y así, en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla existe el artículo 1004, que previene que el Juez podrá variar o modificar las providencias que dictare, sin sujeción estricta a los términos y formas establecidas respecto de la jurisdicción contenciosa, y el artículo 1002 expresamente dispone que si a lo solicitado o resuelto se opusiere alguien que tenga derecho para hacerlo, el negocio se hará contencioso. Conforme a estas disposiciones, existe la posibilidad de que los interesados puedan reclamar lo resuelto en las diligencias de jurisdicción voluntaria, aun fuera de los términos que la ley...

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