Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro358340
MateriaCivil

La doctrina se manifiesta conforme con que la cosa juzgada en materia penal, surta efectos en los juicios civiles, atendiendo a que la función jurisdiccional del Estado es única, y su división en materia civil y criminal, obedece a cuestiones de orden para la especialización de las personas a quienes se encomiendan tales actividades; pero esta división nunca puede tener como resultado el absurdo en que se incurriría al admitir que lo establecido o juzgado por una autoridad del orden penal, no surtiera efecto alguno en los juicios en materia civil, ya que, esencialmente, los fenómenos jurídicos de la cosa juzgada, tienden, sobre todo, a evitar que una misma cuestión se lleve al conocimiento de las autoridades judiciales, en diversas ocasiones; pero esta tesis general tiene infinidad de distingos, por la diversidad de aspectos con que se presentan las diversas cuestiones jurídicas surgidas entre particulares, ya que un proceso criminal puede concluir reconociendo la existencia del delito...

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