Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Julio de 2009 (Tesis num. 2a./J. 83/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-07-2009 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 166967 |
Número de resolución | 2a./J. 83/2009 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2009 |
Fecha | 01 Julio 2009 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Julio de 2009; Pág. 401 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
En términos del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, las partes en el juicio pueden comparecer de manera directa o por conducto de apoderado. Al respecto, la exigencia del legislador en cuanto a comparecer a través de apoderado debe entenderse en el sentido de que dicho nombramiento constituya la expresión de un acto jurídico regular, es decir, en el que se hayan cumplido los elementos materiales que lo condicionan, así como los requisitos formales que deba contener para su validez, estimando para ello que la Ley Federal del Trabajo no regula el contrato de mandato sino sólo permite su ejecución, pues solamente ordena que los apoderados exhiban el testimonio notarial correspondiente, la carta poder con los requisitos previstos en dicho precepto, que se reducen a su otorgamiento ante dos testigos, o el documento idóneo para tal efecto a juicio de la Junta. En esa virtud, cuando el apoderado del trabajador desistió en el juicio sin contar con facultades expresas para hacerlo, con violación al artículo 2,587 del Código Civil Federal, es decir, excediendo la actuación que se le tiene permitida, pues todo mandato judicial requiere cláusula especial para poder desistir, procede que la Junta de Conciliación y Arbitraje mande ratificar el escrito relativo, de manera que el trabajador exprese en forma inequívoca si es o no su voluntad desistir, convalidando, si así procede, la actuación excesiva de su apoderado, pues el artículo 2,594 del propio Código dispone que la parte, en este caso, el trabajador, puede ratificar antes del laudo (sentencia), lo que el procurador hubiere hecho excediéndose del poder.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 142/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito y Segundo en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. 3 de junio de 2009. Mayoría de cuatro votos. Disidente: S.S.A.A.. Ponente: G.D.G.P.. Secretaria: M.M.R.C..
Tesis de jurisprudencia 83/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diez de junio de dos mil nueve.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-08-2017 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1291/2017)
...para desistirse del juicio laboral como se acredita con la correspondiente carta poder y citó en apoyo de su argumento la jurisprudencia 2a./J 83/2009, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro es: “DESISTIMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. ES NECESARIA SU......
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...jurídica del mandato. Cierto es que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha sustentado la jurisprudencia número 2a./J. 83/2009, visible en la página 401, Tomo XXX, julio de 2009, Materia Laboral, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, del ......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 17-06-2015 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 17/2015)
...y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito y Segundo en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, de la que emanó la jurisprudencia 2a./J. 83/2009, intitulada: DESISTIMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. ES NECESARIA SU RATIFICACIÓN POR EL ACTOR CUANDO EL APODERADO CARECE DE FACULTADES EXPRESAS PA......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-06-2017 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 62/2017)
...a la actora cuando desista de la demanda laboral, por conducto de sus apoderados. No obsta a la anterior conclusión la jurisprudencia 2a./J. 83/2009, que invoca el quejoso, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Fed......