Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 2007 (Tesis num. 2a./J. 214/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-2007 (Contradicción de Tesis))

Número de registro170817
Número de resolución2a./J. 214/2007
Fecha de publicación01 Diciembre 2007
Fecha01 Diciembre 2007
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVI, Diciembre de 2007; Pág. 155
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

Conforme a los artículos 81 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, el Consejo de la Judicatura Estatal es un órgano con independencia técnica, de gestión, y para emitir sus dictámenes y resoluciones, a quien corresponde la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, con excepción del Tribunal Superior de Justicia, lo que significa que es el titular de la competencia originaria para practicar visitas de inspección, pues éstas constituyen una expresión de la facultad de vigilancia. Por otra parte, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la referida entidad federativa se advierte que la Visitaduría General tiene la competencia delegada para llevar a cabo los actos que sean consecuencia directa de la atribución de vigilancia. En congruencia con lo anterior, si el referido Consejo es el titular de la indicada competencia, puede delegarla en quien decida, por lo que si para el adecuado ejercicio de sus funciones puede emitir acuerdos generales, es evidente que mediante éstos puede válidamente designar a uno de los Consejeros que lo integran para practicar tales visitas.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 201/2007-SS. Entre las sustentadas por el Primer y el Segundo Tribunales Colegiados, ambos en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito. 31 de octubre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: M.A.G.. Secretario: F.G.M.G..

Tesis de jurisprudencia 214/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del siete de noviembre de dos mil siete.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR