Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Febrero de 2011 (Tesis num. 2a./J. 20/2011 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-02-2011 (Contradicción de Tesis))
Número de resolución | 2a./J. 20/2011 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2011 |
Fecha | 01 Febrero 2011 |
Número de registro | 162793 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Febrero de 2011; Pág. 773 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
De la jurisprudencia P./J. 62/98 sustentada por el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "CONTRIBUCIONES. EFECTOS QUE PRODUCE LA CONCESIÓN DEL AMPARO CUANDO SE RECLAMA UNA NORMA TRIBUTARIA.", se advierte que si el vicio de inconstitucionalidad recae en uno de los elementos esenciales del tributo y no en alguna variable, todo el sistema impositivo queda afectado por él, de manera que el efecto del amparo será desincorporar de la esfera jurídica del quejoso la obligación tributaria. En congruencia con lo anterior, si acorde con la jurisprudencia de la Segunda Sala invocada al rubro, el vicio de inconstitucionalidad de las tarifas para el pago del derecho por la expedición de la licencia de construcción establecidas en la Ley de Ingresos para el Municipio de Zapopan, J., radica en que su cuantía está condicionada a un elemento extraño, como es el factor "densidad de la zona donde se realizará la obra", es inconcuso que la protección constitucional debe otorgarse para el efecto de que se desincorpore de la esfera jurídica del quejoso la obligación de pagar el derecho correspondiente, toda vez que el vicio de inconstitucionalidad recae en un elemento esencial del tributo que afectó todo el sistema impositivo.
Contradicción de tesis 358/2010. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero Auxiliar con residencia en Guadalajara, J. y Cuarto en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 12 de enero de 2011. Cinco votos. Ponente: L.M.A.M.. Secretario: F.G.M.G..
Tesis de jurisprudencia 20/2011. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecinueve de enero de dos mil once.
Nota: Las tesis 2a./J. 52/2008 y P./J. 62/98 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., abril de 2008 y VIII, noviembre de 1998, páginas 552 y 11, respectivamente.
-
Ejecutoria num. 436/2011 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2012 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...a la ley tributaria. Por último, debe señalarse que no se contrapone a la conclusión alcanzada el contenido de la tesis jurisprudencial 2a./J. 20/2011, sustentada por esta Sala, que "LEYES DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO. ALCANCES DEL AMPARO CONCEDIDO CON BASE EN LA JURISPRUDE......
-
Voto, Plenos de Circuito
...a la ley tributaria. "Por último, debe señalarse que no se contrapone a la conclusión alcanzada el contenido de la tesis jurisprudencial 2a./J. 20/2011, sustentada por esta S., que "‘LEYES DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO. ALCANCES DEL AMPARO CONCEDIDO CON BASE EN LA JURISPRUDE......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 18-01-2012 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 439/2011)
...Así, se acata por obligatoria, en términos del artículo 192 de la Ley de Amparo, la jurisprudencia por contradicción de tesis 2a./J. 20/2011, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página setecientos setenta y tres, Novena Época, Tomo XXXI......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-02-2012 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 436/2011)
...Sala. Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXXIII, febrero de 2011. Materia(s): Común. Tesis: 2a./J. 20/2011. Página: Ello, porque dicho criterio no resulta aplicable al caso en la medida en que refiere a una situación distinta, pues cuando en materi......