Tesis Jurisprudencial de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 596 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro391486
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

No obstante que la Primera Sala de la Suprema Corte ha sustentado la tesis de que procede la suspensión sin requisito alguno, cuando ya están asegurados los intereses fiscales por medio del embargo, tal jurisprudencia no tiene aplicación, si el embargado no ataca en revisión el fallo del juez de Distrito, que le otorgó la suspensión mediante fianza, puesto que el recurso debe limitarse, únicamente, a los puntos de la sentencia que fueron impugnados.

Quinta Epoca:


Amparo en revisión 4371/30. C.A.T.. 12 de septiembre de 1931. Cinco votos.


Tomo XXXIII, pág. 3178. M.V. de R.C.. 12 de septiembre de 1931.


Tomo XXXIII, pág. 3178. C.A.T.. 12 de septiembre de 1931.


Tomo XXXIII, pág. 3178. Serrano vda. de G.L.M.. 12 de septiembre de 1931.


Tomo XXXIII, pág. 3178. A.A.. 12 de septiembre de 1931.

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