Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Julio de 2003 (Tesis num. 2a./J. 57/2003 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-07-2003 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 183886 |
Número de resolución | 2a./J. 57/2003 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2003 |
Fecha | 01 Julio 2003 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XVIII, Julio de 2003; Pág. 196 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Son inoperantes los conceptos de violación encaminados a combatir actos u omisiones de la autoridad responsable, cuando de autos se aprecia que se produjeron en un laudo contra el cual se promovió en su oportunidad juicio de amparo, sin haberse impugnado; por lo que debe entenderse que fueron consentidos y, por ende, el derecho a reclamarlos en amparos posteriores se encuentra precluido, ya que las cuestiones que no formaron parte de la litis constitucional, habrán quedado firmes sin posibilidad de una impugnación posterior, derivado precisamente de ese consentimiento, máxime que dichas violaciones, por virtud de la vinculación de la ejecutoria de amparo, deberán ser reiteradas por la autoridad responsable como cuestiones firmes en ese juicio de origen. Sin que sea óbice a lo anterior, el hecho de que el Tribunal Colegiado de Circuito no hubiera advertido deficiencia que diera lugar a la suplencia de la queja para estudiar cuestiones diversas de las planteadas por el quejoso, pues ello no puede ser causa para alterar los principios jurídicos respecto de las violaciones consentidas o los efectos protectores del fallo constitucional, ya que redundaría en perjuicio de la seguridad jurídica de las partes, así como de la firmeza de las determinaciones judiciales.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 153/2002-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito y el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito. 20 de junio de 2003. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretaria: M.M.R.C..
Tesis de jurisprudencia 57/2003. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintisiete de junio de dos mil tres.
Nota: Por ejecutoria de fecha 13 de enero de 2010, el Tribunal Pleno declaró improcedente la contradicción de tesis 23/2007-PL en que participó el presente criterio.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-11-2010 ( AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2475/2010 )
...reiteradas por la autoridad responsable como cuestiones firmes en ese juicio de origen.” Sirve de apoyo a lo anterior la jurisprudencia 2a./J. 57/2003, sentada por la Segunda Sala, del Alto Tribunal del País, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XVIII, J. de 2003, N......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-11-2008 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 165/2008-SS)
...de la queja se surte aun ante la ausencia total de conceptos de violación. Lo anterior, con apoyo en las jurisprudencias 2a./J. 39/95 y 2a./J. 57/2003, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicadas, la primera, en la página 333 del Tomo II, Septiembre de 1995, ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-11-2012 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2350/2012)
...XVIII, agosto de dos mil tres, expuso lo siguiente: ---- “(Se transcribe). --De la citada contradicción de tesis derivó la jurisprudencia 2a./J. 57/2003, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 196, julio de dos mil tres, tomo XVIII,......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 28-01-2015 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 1002/2014)
...de una impugnación posterior, derivado precisamente de ese consentimiento. --- Es aplicable en lo conducente, la jurisprudencia 2a./J. 57/2003, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 196, Novena Época, T.X., Julio de 2003, publicada......
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El amparo directo adhesivo en la reforma constitucional en materia de amparo
...cuestiones que se examinan en él regularmente son de mera legalidad y se tienen en cuenta, para ese 1 Véase la tesis de jurisprudencia 2a./J. 57/2003, publicada en la página 196 del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta , Novena Época, tomo XVIII, julio de 2003, y la tesis 2a./J. ......
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Tesis
...MAYOR BENEFICIO PARA EL ACTOR, AL NO HABERLOS IMPUGNADO OPORTUNAMENTE EN LA VÍA CONSTITUCIONAL (APLICACIÓN ANALÓGICA DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 57/2003). (XVI.1o.A.155 A S.J.F. X Época. Libro 53. T. III. 1er. T.C. del 16o. Circuito., abril de 2018, p. 1913 VIOLACIONES FORMALES HECHAS VALER......