Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Enero de 2003 (Tesis num. 2a./J. 152/2002 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-01-2003 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 185269 |
Número de resolución | 2a./J. 152/2002 |
Fecha de publicación | 01 Enero 2003 |
Fecha | 01 Enero 2003 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XVII, Enero de 2003; Pág. 220 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
De la interpretación armónica de los artículos 158 y 166, fracción IV, de la Ley de Amparo, se desprende que cuando se promueva juicio de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio, se podrá plantear, en los conceptos de violación, la inconstitucionalidad de leyes, tratados internacionales o reglamentos que se hubieran aplicado en perjuicio del quejoso en la secuela del procedimiento del juicio natural o en la sentencia, laudo o resolución reclamados; sin embargo, ello no quiere decir que la posibilidad de controvertir tales normas de carácter general en el amparo directo se agote con los supuestos a que se refieren dichos numerales, pues el artículo 73, fracción XII, último párrafo, del citado ordenamiento permite también la impugnación, en ese juicio, de las normas aplicadas en el acto o resolución de origen, cuando se promueva contra la resolución recaída a los recursos o medios de defensa legal que se hubieran hecho valer en contra del primer acto de aplicación de aquéllas, máxime que en la vía ordinaria no puede examinarse la constitucionalidad de una norma de observancia general, pues su conocimiento está reservado a los tribunales del Poder Judicial de la Federación.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 22/2002-PL. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Séptimo, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito y Segundo del Décimo Tercer Circuito. 22 de noviembre de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: S.S.A.A.. Ponente: J.D.R.. Secretaria: M.E.H.F..
Tesis de jurisprudencia 152/2002. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del nueve de diciembre de dos mil dos.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 04-06-2008 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 638/2008)
...se permite, en esa vía la impugnación de las normas aplicadas en el acto o resolución de origen, pues así lo determina la jurisprudencia 2a./J. 152/2002, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página doscientos veinte del Semanario Judicial d......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-08-2006 ( AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1039/2006 )
...de la Federación.” (Novena Época, Segunda Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XVII, enero de 2003, tesis 2a./J. 152/2002, página 220). “AMPARO DIRECTO CONTRA LEYES. ES PROCEDENTE CUANDO SE CONTROVIERTE UNA SENTENCIA EMITIDA POR UNA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTIC......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-11-2014 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3043/2014)
...sucede en los actos de autoridades fiscales o administrativas impugnados en el juicio de nulidad. Así se determinó, en la jurisprudencia 2a./J. 152/2002, publicada en la página 220, tomo XVII, enero de dos mil tres, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyo epíg......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-05-2012 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1218/2012)
...de juicio, podrán hacerse valer en el amparo directo que proceda en contra del laudo. --- A lo anterior, es aplicable la jurisprudencia 2a./J. 152/2002, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que aparece publicada en la página doscientos veinte, T.X., e......
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El control constitucional pleno en la jurisdicción de amparo
...(Novena Época; Instancia: Segunda Sala; Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XVII, Enero de 2003; Tesis: 2a./J. 152/2002; Pág. Quid Iuris, Año 8, Volumen 25, junio-agosto 2014 87 Rafael Coello Cetina En ese contexto, importa referir en este sub capítulo a los supues......